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Acusación recurre la sentencia a David Sánchez por no recoger tráfico de influencias

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  1. 17 September
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    HazteOir recurre la sentencia del caso de David Sánchez y pide seis años de cárcel para el hermano de Pedro Sánchez

    La acusación popular reclama que el Tribunal Superior de Extremadura aprecie también un delito de tráfico de influencias y presenta una nueva denuncia contra el ex secretario regional del PSOE La Justicia condena al hermano de Pedro Sánchez a nueve años de inhabilitación por prevaricar pero le absuelve de tráfico de influencias La asociación ultra HazteOir, una de las acusaciones populares personadas en la causa contra David Sánchez, ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz que condenó por prevaricación a los 11 procesados en el procedimiento. La asociación reclama que se considere también cometido un delito de tráfico de influencias y solicita seis años de prisión para el hermano del presidente del Gobierno. El recurso de apelación no cuestiona los hechos en los que la Audiencia Provincial sustentó las condenas por prevaricación , sino la decisión de excluir el delito de tráfico de influencias. HazteOir sostiene que las mismas actuaciones pueden encajar también en este segundo delito porque, a su juicio, las decisiones sobre las plazas estuvieron acompañadas de una influencia ejercida para favorecer a sus beneficiarios. En concreto, la acusación popular sostiene que existió un “concurso medial” entre la prevaricación y el tráfico de influencias en las decisiones que dieron lugar a la contratación de David Sánchez como coordinador de los conservatorios de la Diputación de Badajoz, posteriormente como jefe de la Oficina de las Artes Escénicas, y de Luis María Carrero como jefe de Sección de Actividades Transfronterizas. HazteOir considera que la Audiencia Provincial aplicó un concepto demasiado restrictivo de la influencia al descartar este delito. Según expone en su recurso, para que exista tráfico de influencias no es necesario que haya una orden, un mandato o una petición formal, sino que puede consistir en una actuación destinada a “alterar el proceso motivador” de quien adopta la decisión. La asociación sostiene que las plazas fueron creadas, modificadas y adjudicadas y que de ellas se derivaron retribuciones y ventajas profesionales para sus ocupantes. A partir de ahí, defiende que las actuaciones encajan también en el delito de tráfico de influencias. Sobre esta base, la asociación ultra pide al TSJEx que modifique la calificación jurídica de los hechos y eleve las penas solicitadas. Para David Sánchez reclama seis años de prisión y más de 20 años de inhabilitación para cargo público. Para el expresidente de la Diputación de Badajoz Miguel Ángel Gallardo solicita cuatro años de cárcel y 19 años de inhabilitación. La asociación también reclama penas de prisión e inhabilitación para otros nueve procesados. Nueva denuncia contra Gallardo por la plaza de Carrero Además del recurso, HazteOir ha presentado una nueva denuncia contra el que fuera líder del PSOE en Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, por un presunto delito de prevaricación administrativa relacionado con la creación de la plaza que posteriormente ocupó Luis María Carrero. La asociación recuerda que este asunto no fue investigado respecto a Gallardo en el procedimiento seguido ante la Audiencia Provincial de Badajoz. La propia resolución dejó abierta la posibilidad de que se ejercitaran acciones sobre este extremo. Esa organización sostiene ahora que la competencia para crear esa plaza correspondía al pleno de la Diputación, que estaba presidido por Gallardo, y que no se trataba de una competencia susceptible de delegación. La denuncia también cuestiona el procedimiento seguido para cubrir el puesto, que, según la asociación, se hizo con urgencia y sin concurrencia en favor de Carrero, al que identifica como “amigo” de David Sánchez. HazteOir vincula esta actuación con las decisiones anteriores relacionadas con la plaza de David Sánchez y sostiene que Gallardo mantenía facultades sobre la delegación mediante la que se llevó a cabo la provisión del puesto.

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    First seen17 Sept, 12:49

    Acusación recurre la sentencia a David Sánchez por no recoger tráfico de influencias

    Mérida, 17 sep (EFE).- La asociación HazteOir, una de las acusaciones populares en la causa a David Sánchez, ha recurrido la sentencia condenatoria por prevaricación a los once procesados en este procedimiento al no compartir que se excluyera el tráfico de influencias y pide seis años de prisión para el hermano del presidente. A través de un recurso de apelación elevado ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), la representación jurídica de HazteOir no combate los hechos que sostienen la condena por prevaricación, pero sí argumenta que sobre los mismos también recae "la influencia ejercida por quienes perseguían y obtuvieron el beneficio". De hecho, y así se recoge en dicho recurso al que EFE ha tenido acceso, es que existe "un concurso medial entre la prevaricación y el tráfico de influencias" en los "hechos arbitrarios" que dieron origen a la contratación tanto de David Sánchez como coordinador de los conservatorios en la Diputación de Badajoz -el cargo se modificó posteriormente a jefe de la Oficina de las Artes Escénicas- como de Luis María Carrero, amigo de este último. A juicio de esta acusación popular, la absolución por tráfico de influencias en la sentencia de la Audiencia Provincial "no descansa en una valoración de la prueba, sino en un concepto de influencia que la ley no contiene". "Las plazas (las de David Sánchez y Carrero, este último como jefe de Sección de Actividades Transfronterizas- se crearon, transformaron y adjudicaron, y generaron retribuciones y ventajas profesionales concretas durante años", se remarca en el recurso. Todo ello merced a "una influencia típica" que "no requiere mandato, orden ni petición formal", pero sí se circunscribe a "la sugestión, inclinación, invitación o instigación que una persona lleva a cabo sobre otra para alterar el proceso motivador de ésta". "Identificar influencia con orden expresa, como hace la resolución recurrida, es un error de subsunción: convierte en atípica la forma ordinaria de comisión de este delito", según se recoge. A tenor de este nuevo marco delictivo, esta acusación insta en apelación a fijar una condena sumatoria de seis años de prisión para David Sánchez y más de veinte años de inhabiltación para cargo público, y cuatro años de cárcel e inhabilitación de 19 años para el expresidente de la DIputación pacense Miguel Ángel Gallardo. También insta a una condena de un año y seis meses de prisión para otros seis acusados, entre ellos Luis María Carrero, amigo personal de David Sánchez, y un año para otros tres. Por otra parte, esta misma asociación ha presentación una denuncia por presunta prevaricación administrativa contra Gallardo en relación con el proceso de creación de la plaza que recayó en Carrero. Esta denuncia responde al hecho de que en la causa seguida en la Audiencia de Badajoz no fue investigado Gallardo sobre la plaza de Carrero. De hecho, la Audiencia reservó expresamente la posibilidad de que se iniciaran acciones a este respecto. Para HazteOir, la competencia para crear el citado puesto correspondía al pleno de la Diputación que el propio Gallardo presidía y no era una plaza susceptible de delegación. Además, la provisión del puesto "se ejerció por delegación del denunciado, que conservó la facultad de revocarla y avocarla y el derecho a ser informado de su ejercicio". "Este puesto se cubrió con urgencia y sin concurrencia en favor de quien colaboraba con el beneficiario de los dos favorecimientos anteriores", se expone en la denuncia en alusión a David Sánchez, persona que mantenía "un estrecha" vinculación con Gallardo. EFE

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