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Begoña Gómez irá a juicio con jurado por tráfico de influencias y malversación

Kurz gefasst

El juez Juan Carlos Peinado ha abierto juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación. Su asesora, Cristina Álvarez, también será juzgada por un presunto delito de malversación. El juicio se celebrará ante un jurado popular.

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Was sich geändert hat

  1. 21. Sept., 10:13El juez Peinado envía de nuevo a juicio a Begoña Gómez por presuntos delitos de malversación y tráfico de influencias · Europa Press
  2. 21. Sept., 10:16El juez Peinado envía a Begoña Gómez a juicio con jurado popular por tráfico de influencias y malversación · 20minutos
  3. 21. Sept., 10:19El juez Peinado envía a juicio con jurado a Begoña Gómez y a su asesora · Expansión
  4. 21. Sept., 10:32Envían a juicio a la esposa de Pedro Sánchez por dos presuntos delitos · Infobae
  5. 21. Sept., 10:34El juez Peinado abre juicio oral a Begoña Gómez: será juzgada por un jurado popular · Diario AS
  6. 21. Sept., 11:07Consulte el auto del juez Peinado con el que abre juicio oral a Begoña Gómez · El País
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Berichterstattung chronologisch

  1. Gestern
  2. 22. September
  3. Folgemeldung22. Sept., 15:14

    Consulta si eres uno de los españoles que puede formar parte del jurado popular en el caso Begoña Gómez: lista completa

    El juez Juan Carlos Peinado ha dictado este lunes, 21 de septiembre, el auto de apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación , siendo este último del que también se acusa a su asesora, Cristina Álvarez. El titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid ve «indicios racionales de que la única explicación razonable de la secuencia descrita es la posición relacional de la acusada». El instructor se refiere a la creación de una «cátedra extraordinaria a su medida» en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y a su nombramiento como directora, según recoge Servimedia. Esta decisión de llevar el caso ante un jurado popular implica que serán nueve ciudadanos, elegidos por sorteo, quienes valoren la acusación . El jurado popular es una modalidad que suele ser común en delitos graves como homicidio, pero también aplicable en malversación. Ese jurado popular tendrá que emitir un veredicto al finalizar el juicio, respondiendo a preguntas del juez sobre si creen que los hechos denunciados son probados y si la acusada es culpable o inocente. Pero, ¿quién puede ser seleccionado para desempeñar ese papel? Tal como indica la ley, en este caso el jurado popular saldrá de un listado de ciudadanos empadronados en Madrid que cumplan una serie de requisitos como no ser jueces de profesión ni ser expertos en Derecho. La lista de candidatos a pertenecer a jurados populares se elaboró mediante sorteo en septiembre de 2024 desde la Delegación Provincial de la Oficina del Censo electoral y es de consulta pública al encontrarse en la web de la Oficina del Censo electoral. A continuación puedes comprobar si podrías ser uno de los candidatos a estar en el jurado popular en el juicio oral a Begoña Gómez: Pincha en este enlace para descargar el documento completo. Cabe indicar que esta es la lista válida si el juicio oral se celebra este 2026 . En caso de que la fecha del juicio y del jurado sea en 2027, la lista seleccionada corresponderá al sorteo que se está celebrando este mes de septiembre, la cual valdrá para el bienio 2027-2028. La Audiencia Provincial de Madrid es el órgano que tendrá que señalar cuándo se celebra el juicio. Por otro lado, como adelantábamos, algunos de los requisitos para poder optar a ser jurado popular y, por tanto, pertenecer a la anterior lista en el caso de Madrid, son no trabajar como Juez ni ser experto en derecho , pero no son las únicas condiciones. Además de estos requerimientos, la Ley contempla una retribución de 67 euros por cada día que dure el juicio, además de indemnizaciones por diversos posibles gastos y las personas que pertenecen al jurado popular pueden faltar a su puesto de trabajo de forma justificada. Cabe añadir que no pueden formar parte de un jurado popular personas condenadas por delito doloso que no hayan obtenido la rehabilitación, los procesados y acusados sobre los que se haya acordado la apertura de un juicio oral, quienes estén detenidos, en prisión provisional o cumpliendo pena, y, por último, los suspendido en procedimiento penal en su empleo o cargo público mientras dure su suspensión., Por el momento se desconoce la designación final de las personas que formarían el jurado popular, sacadas de la lista aportada anteriormente, que puede terminar valorando la acusación de Begoña Gómez y Cristina Álvarez.

    ABCABC(abc)
  4. 21. September
  5. Folgemeldung21. Sept., 11:45

    Juez Peinado envía de nuevo a juicio a Begoña Gómez por presuntos delitos de malversación y tráfico de influencias

    El juez Juan Carlos Peinado ha vuelto a abrir juicio oral con jurado popular contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de malversación y tráfico de influencias, así como contra su asesora, Cristina Álvarez. Así lo ha acordado el magistrado en un auto, fechado este lunes, de 67 páginas y al que ha tenido acceso Europa Press, en el que mantiene su posición de enviar a juicio a ambas después de que la Audiencia Provincial le corrigiese al archivar dos delitos y ordenar levantar las medidas cautelares que les impuso el instructor. "Se acuerda la apertura de juicio oral ante el tribunal del jurado", concluye Peinado, que desestima la alegación de "ineficacia" que presentó la defensa de Gómez y a la que se adhirió la de Álvarez contra el escrito de conclusiones provisionales de la acusación popular unificada, liderada por Hazte Oír. El juez señala que ambas acusadas "deberán responder, en su caso, como responsables civiles directas y solidarias" en los términos interesados por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Además, acuerda que se averigüe la capacidad económica de Gómez a través del Punto Neutro Judicial, emitiendo oficio a la Agencia Tributaria para que remita "sus cinco últimas declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas" (IRPF). Y les recuerda que tienen la "obligación" de estar "en todo momento a disposición" del juzgado y del tribunal que celebre el juicio, así como de comunicar cualquier cambio de domicilio o paradero y comparecer "cuantas veces fueren requeridas". No obstante, impone fianza a las acusadas ni adopta la medida cautelar real solicitada por la acusación popular para que se prohibiera disponer sobre las participaciones sociales de Transforma TSC S.L. y marcas asociadas, o el bloqueo del dominio 'transformatsc.org' y de los activos digitales vinculados. POSICIÓN DE "ACCESO PRIVILEGIADO" Peinado señala que la intervención de Gómez y Álvarez ante la Universidad Complutense de Madrid "no se produjo en un contexto neutro u ordinario", sino por su condición de esposa del presidente del Gobierno, que queda plasmado en conversaciones del personal en la que la identificaban en conversaciones como "la mujer de Sánchez". Esto situó "a ambas en una posición de acceso privilegiado ante un órgano administrativo universitario, en relación con la titularidad y eventual explotación de un 'software' desarrollado en el entorno de la cátedra", agrega. Además, el juez insiste en que tras la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno en junio de 2018, "se produce un cambio radical en la trayectoria" de Gómez, ya que a los dos meses de abandonar su puesto en Inmark, en agosto de ese mismo año, "fue nombrada directora del IE Africa Center, estableciendo vínculos con la Organización Mundial del Turismo y con la Hub/StartUp Wakalua, ámbito en el que coincide" con el empresario Juan Carlos Barrabés. Y subraya, como ya hiciera en anteriores resoluciones, que "las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas por suerte ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado". "Quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII", vuelve a comparar. El juez achaca a Gómez presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, "este último en relación tanto con el destino a usos privados de la fuerza de trabajo de una empleada pública como con el desvío del 'software' desarrollado en el seno de la cátedra extraordinaria" que codirigió en la Complutense. Respecto a Álvarez aprecia indicios de un presunto delito de malversación de caudales públicos, "exclusivamente en relación con el desvío del 'software', en concepto de cooperadora necesaria". PETICIONES DE 13 Y 6 AÑOS DE CÁRCEL Se trata de la segunda ocasión en la que abre juicio oral contra las dos imputadas. En la primera, el pasado junio, atribuyó a Gómez y su asesora presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos, y acordó la retirada de sus pasaportes y la prohibición de salir del territorio. Gómez y Álvarez recurrieron la decisión a la Audiencia Provincial de Madrid. No obstante, este órgano confirmó la decisión del juez de enviar a juicio con jurado popular --formado por ciudadanos y un magistrado presidente-- a las imputadas: a la esposa del presidente por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, y a su asesora sólo por el segundo. Además, decidieron apartar del juicio con jurado al empresario Barrabés, el tercer imputado en la causa, acordando que contra él se siga la investigación en lo relativo "a la legalidad o ilegalidad de las adjudicaciones de los contratos públicos". La Audiencia de Madrid señaló que los "indicios" que existen sobre Gómez sitúan su participación en presunto tráfico de influencias cometido por particular tanto en la creación de la cátedra como en "la intermediación en favor de Barrabés", y supuesta malversación de patrimonio público tanto por el destino del 'software' como en "la utilización para fines privados de su asistente personal". De cara al juicio, la acusación popular que lidera Hazte Oír solicita penas de 13 años de cárcel para Gómez y seis años para Álvarez, mientras que las defensas y la Fiscalía piden su absolución.

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  6. Infobae
    Folgemeldung21. Sept., 11:32

    Peinado deja a Begoña Gómez en manos del jurado: Dos años de un caso que llegará a juicio

    Miriam Mejías Madrid, 21 sep (EFE).- El juez Juan Carlos Peinado ha dejado a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, en manos de un jurado popular, por una causa que nació hace más de dos años de una denuncia de Manos Limpias y que, entre reveses y avales de la Audiencia Provincial, finalmente acabará llegando a juicio. A escasos seis días de su jubilación y el mismo día que regresaba de sus vacaciones, el magistrado ha cumplido sus planes y ha abierto juicio contra Gómez y su asesora, Cristina Álvarez, poniendo el broche final a la instrucción del caso, que ahora se elevará a la Audiencia Provincial para que fije fecha de juicio -suele tardar entre cuatro y ocho meses de media-. Dos años y cinco meses después de la denuncia del colectivo Manos Limpias que inició el caso, Peinado ha enviado a juicio a Gómez por presunto tráfico de influencias y malversación en relación a su papel como codirectora de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y en si su asesora trabajó para su actividad profesional, pagada con fondos públicos. Como acordó el juez y acabó avalando la Audiencia de Madrid, Begoña Gómez y su asesora se sentarán frente a un jurado popular formado por nueve ciudadanos anónimos elegidos por sorteo y sin causas de incompatibilidad, y un magistrado que lo preside. El jurado deberá alcanzar un veredicto y decidir sobre la culpabilidad de las acusadas, pero es al magistrado que dirige el juicio a quien le corresponde dictar sentencia. Sólo la acusación popular que dirige Hazte Oír pide condena -13 años de cárcel para Begoña Gómez y 6 para Cristina Álvarez-, mientras que la Fiscalía sigue firme en su criterio inicial de que no hay indicios de delito, y las defensas abogan por la absolución. El juez Peinado abrió causa por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios, pero al tiempo el procedimiento se extendió a tres delitos más: malversación, intrusismo y apropiación indebida. Solo dos -tráfico de influencias y malversación- llegarán a juicio, después de que el propio Peinado archivase el de intrusismo hace unos meses, y la Audiencia Provincial descartase, en la recta final del procedimiento, los de apropiación indebida y corrupción. Y también solo dos son las investigadas que llegarán a juicio. A lo largo del procedimiento, el magistrado ha llegado a imputar a siete personas, incluidos altos cargos como el delegado del Gobierno en Madrid, contra quien la Audiencia no vio indicio alguno. Incluso llegó a pedir sin éxito la imputación del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, contra quien el Tribunal Supremo no vio "indicio mínimamente fundado". Hasta la Moncloa se dirigió el juez Peinado para interrogarlo como testigo, como ya hizo un año antes con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. En la causa dirigida por el juez Peinado no ha faltado la polémica: han sido constantes sus choques con la Fiscalía y las defensas, especialmente la de Begoña Gómez, que le achacaban falta de motivación en sus resoluciones, corregidas en diversas ocasiones por la Audiencia Provincial, que en otras sí ha avalado sus tesis. Una de cal y otra de arena ha ido dando la Audiencia al magistrado, a quien hasta en cuatro veces ha enmendado por insistir en investigar a Begoña Gómez por el rescate de Air Europa. Entre las controvertidas decisiones del juez estuvo la de retirar el pasaporte a la mujer de Pedro Sánchez y a su asesora -pronto revocada por la Audiencia de Madrid-. Lo hizo en un auto en el que llegó a decir que los policías que integran la escolta de Gómez podrían contribuir a su fuga, unas palabras que le valieron una queja de un sindicato policial, a la que el Tribunal Superior de Justicia no dio recorrido al no ver falta disciplinaria. Las citaciones en fin de semana o incluso en Miércoles Santo dejaron de sorprender en un procedimiento en el que en varias ocasiones -la última hoy- el juez ha hecho alusión a "regímenes absolutistas" y a Fernando VII al mencionar el presunto uso de Begoña Gómez de su condición de esposa del presidente del Gobierno en beneficio propio. Con estos mimbres ha transcurrido una causa en la que Peinado llegó a recibir querellas por prevaricación rechazadas por el Tribunal Superior de Justicia y en la que han sido habituales las críticas de las defensas en forma de recursos, que se han unido a otras de miembros del Gobierno y representantes públicos. Contra algunos de ellos, el juez decidió tomar acciones judiciales.EFE

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  7. Folgemeldung21. Sept., 11:08

    El juez Peinado abre juicio oral contra Begoña Gómez por tráfico de influencias y malversación y reclama sus declaraciones de la Renta

    El juez Juan Carlos Peinado ha puesto punto final a su instrucción de la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y ha dictado auto de apertura de juicio oral contra ella por los delitos de tráfico de influencias y malversación. De esta última conducta delictiva también deberá responder -ambas ante un jurado popular- su asi stente en Moncloa, Cristina Álvarez. En su resolución, el magistrado acuerda averiguar la capacidad económica de Gómez, a través del punto neutro judicial, y libra oficio a la Agencia Tributaria para que le remita sus últimas cinco declaraciones de la Renta. El magistrado explica en su resolución de 67 páginas, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, que Gómez responderá por los delitos de tráfico de influencias y malversación de casudales "en relación tanto con el destino a usos privados de la fuerza de trabajo de una empleada pública como con el desvío del software desarrollado en el seno de la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva", mientras que Álvarez, que intentó esquivar a Peinado con un último recurso sin éxito, lo hará exclusivamente "en relación con el desvío del software, en concepto de cooperadora necesaria ". La apertura se limita a esos delitos, tras la decisión de la Sección 23 de la Audiencia de descartar los de corrupción en los negocios, apropiación indebida y administración desleal. A partir de este momento, y a pocos días de jubilarse por alcanzar la edad de 72 años el próximo día 27, el titular de la plaza número 41 de Instrucción de Madrid dejará el procedimiento en manos del tribunal del jurado, que deberá comenzar los trámites para conformarse y poner fecha a la vista oral, para lo que aún quedan cuando menos semanas. Ahora es el momento de trasladar el caso a la Audiencia Provincial de Madrid, que con más de 160 magistrados y 32 secciones es el más grande de España, para que sea repartido por sorteo entre 12 de las 15 de Penal (quedan fuera la 26 y 27, de Violencia contra la Mujer, y la 23, que ha ido resolviendo los recursos presentados durante la instrucción). Una vez decidida la Sección, se eligirá un presidente entre sus cinco magistrados, que será el que presida el jurado. Así se dará comienzo a la fase intermedia en la que se determinarán los testigos y las pruebas que se practicarán durante el juicio. Rechaza fianza El magistrado también ha accedido a reclamar a la Universidad Complutense de Madrid la certificación que solicitaba la acusación popular unificada, pero rechaza imponer a las acusadas fianza , como también planteaba. También descarta anotar de forma cautelar la prohibición de disponer de las participaciones de Transforma TSC y las marcas TSC Transformación Social Corporativa y Plataforma de Medición de Impacto Social y Medioambiental, así como varios dominios digitales con esta denominación. Las acusaciones, bajo la dirección letrada de la asociación provida Hazte Oír, pide 13 años de cárcel para Begoña Gómez y 6 años para su asesora, mientras que la fiscalía no ve delito alguno en las actividades atribuidas a la esposa del presidente del Gobierno e insta la absolución. Peinado reproduce en su auto la instrucción realizada para concluir que " la creación de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva presenta rasgos de particularidad que la apartan de un cauce académico ordinario y que enlazan directamente con las distintas actividades objeto de esta causa. En torno a dicha estructura universitaria convergen, en efecto, varias líneas de actuación que aparecen conectadas entre sí: de un lado, la intervención reiterada de María Cristina Álvarez en favor de la actividad profesional, laboral y/o académica de Begoña Gómez, pese a ostentar aquella la condición de personal eventual de la Administración y percibir sus retribuciones con cargo a fondos públicos; y, de otro, la actuación conjunta de Gómez y Álvarez en la gestación, desarrollo y proyección del software o plataforma de transformación social competitiva, desarrollado bajo el paraguas de la cátedra y posteriormente alojado en el dominio transformatsc.org, coincidente en su denominación con la sociedad Transforma TSC, S.L., constituida" por la esposa del presidenter del Gobierno "de forma paralela a la fase final de desarrollo del referido activo tecnológico". El magistrado ha debido responder a las razones expresadas por la nueva defensa de Gómez, que ejerce el abogado Jaime Campaner, en la audiencia preliminar celebrada el pasado 8 de septiembre. El letrado puso en evidencia la "ineficacia" del escrito de la acusación popular, cuya dirección letrada ejerce la asociación provida Hazte Oír, al entender que ley es clara al exigir a las acusaciones que se limiten a relatar “los hechos punibles”. En este sentido, Campaner critica que de forma insólita la acusación popular haya incluido referencias a atestados policiales y, sobre todo, declaraciones prestadas en fase de instrucción, en vez de limitarse a una narración de hechos. En la ley del jurado, a diferencia de la ley de enjuiciamiento criminal, recordaba el abogado, se da una última oportunidad a la acusación para que modificara su escrito al comienzo de la audiencia preliminar, "por lo que su escrito debe ser considerado irremediablemente ineficaz" y la apertura de juicio debería haber esperado a la subsanación de este defecto. Se piden por parte de las acusaciones populares, bajo la dirección letrada de la asociación provida Hazte Oír, 13 años de cárcel para Begoña Gómez y 6 años para su asesora, mientras que la Fiscalía no ve delito alguno en sus actividades e insta la absolución. Postura de la defensa mantiene que Gómez venía colaborando con la Universidad Complutense de Madrid "mucho antes de que su marido accediera a la presidencia del Gobierno", concretamente como codirectora del diploma de formación continua de Técnico de Fundraising durante los cursos 2012-2014, muchos años antes de la creación de la cátedra por la que fue investigada. Sobre el 'software' utilizado en el curso, una cuestión sobre la que pivota gran parte de la causa, la defensa de Begoña Gómez señala que el dominio de la cátedra, "sufragado con fondos personales", fue "un mero instrumento técnico de acceso web, creado en el contexto de las indicaciones" de la universidad.

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  8. Infobae
    Folgemeldung21. Sept., 11:01

    Envían a juicio a la esposa de Pedro Sánchez acusada de dos delitos

    Madrid, 21 sep (EFE).- El juez Juan Carlos Peinado ha dictado auto para enviar a juicio con un jurado popular a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, como presunta autora de sendos delitos de tráfico de influencias y malversación. El magistrado, que ha investigado el caso, ha enviado a juicio a Gómez antes de jubilarse esta semana en un auto en el que rechaza adoptar ninguna medida cautelar contra ella. El juez, no obstante, ha ordenado investigar "la capacidad económica" de Begoña Gómez y que remita las cinco últimas declaraciones fiscales ante eventuales responsabilidades económicas que se le pudieran imponer. También acuerda "la obligación" de permanecer "en todo momento" a disposición del juzgado y de la Audiencia Provincial de Madrid, órgano al que ahora se remitirá la causa para que señale fecha de juicio, y al que deberán de comunicar cualquier cambio de "domicilio o paradero". Con el auto de hoy Peinado pone fin a una investigación que arrancó hace casi dos años y medio a raíz de una denuncia del autodenominado sindicato Manos Limpias, basada en informaciones de prensa. El juez Peinado había decidido que Gómez fuera juzgada con jurado por cuatro delitos: tráfico de influencias, malversación, apropiación indebida y corrupción en los negocios, cometidos presuntamente en relación con su actividad profesional cuando codirigía una cátedra pública de la Universidad Complutense de Madrid. Pero finalmente, tras un recurso de la defensa, la Audiencia Provincial de Madrid ordenó que continuara el procedimiento de juicio con jurado por los dos primeros y sobreseyó los otros dos. La investigación judicial contra de Begoña Gómez ha sido usada con frecuencia por la oposición política al socialista Pedro Sánchez para criticarlo, vinculándolo con la corrupción. EFE

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  9. Folgemeldung21. Sept., 10:32

    El juez Peinado envía de nuevo a juicio a Begoña Gómez por presuntos delitos de malversación y tráfico de influencias

    El juez Juan Carlos Peinado ha vuelto a abrir juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de malversación y tráfico de influencias, así como contra su asesora, Cristina Álvarez. Así lo ha acordado el magistrado en un auto de este lunes, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que mantiene su posición de enviar a juicio a ambas después de que la Audiencia Provincial le corrigiese al archivar dos delitos y ordenar levantar las medidas cautelares que les impuso el instructor. Se trata de la segunda ocasión en la que abre juicio oral contra las dos imputadas. En la primera, el pasado junio, atribuyó a Gómez y su asesora presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos y acordó la retirada de sus pasaportes y la prohibición de salir del territorio. Gómez y Álvarez recurrieron la decisión a la Audiencia Provincial de Madrid. No obstante, este órgano confirmó la decisión del juez de enviar a juicio con jurado popular a las imputadas: a la esposa del presidente por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, y a su asesora sólo por el segundo. Además, decidieron apartar del juicio con jurado al empresario Juan Carlos Barrabés, el tercer imputado en la causa, acordando que contra él se siga la investigación en lo relativo "a la legalidad o ilegalidad de las adjudicaciones de los contratos públicos". La Audiencia de Madrid señaló que los "indicios" que existen sobre Gómez sitúan su participación en presunto tráfico de influencias cometido por particular tanto en la creación de la cátedra como en "la intermediación en favor de Barrabés", y supuesta malversación de patrimonio público tanto por el destino del 'software' como en "la utilización para fines privados de su asistente personal". De cara al juicio, la acusación popular que lidera Hazte Oír solicita penas de 13 años de cárcel para Gómez y seis años para Álvarez, mientras que las defensas de las imputadas y la Fiscalía piden su absolución. (((HABRÁ AMPLIACIÓN)))

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