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3 QuellenVerfolgt seit 21. Sept., 10:17

La Audiencia de León absuelve a los acusados por un presunto fraude del carbón

Kurz gefasst

La Audiencia Provincial de León ha absuelto a las empresas Hullera Vasco-Leonesa, Transportes Peal y Restauraciones Mineras, así como a las personas acusadas por un presunto fraude de subvenciones al carbón. El tribunal declaró nulos los registros que originaron la principal prueba del caso. La acusación sostenía que entre 2011 y 2013 se hizo pasar carbón de exterior por carbón de interior para obtener ayudas públicas por 2,1 millones de euros.

Zusammenfassung von HeraldLoop aus 3 Quellen · aktualisiert vor 10 Std.

Was sich geändert hat

  1. 21. Sept., 10:17Absueltos todos los acusados de un presunto fraude de carbón en León tras anular registros · Infobae
  2. 21. Sept., 11:56La Justicia absuelve a los empresarios mineros acusados de desfalcar 2,1 millones de euros de subvenciones en León · El País
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Berichterstattung chronologisch

  1. 21. September
  2. Neueste21. Sept., 17:32

    Absueltos unos empresarios mineros leoneses acusados de estafa millonaria al considerar ilícita la principal prueba

    La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha absuelto a cinco acusados y a las sociedades Hullera Vasco-Leonesa S.A., Transportes Peal S.A. y Restauraciones Mineras S.A. en el procedimiento por delitos contra la Hacienda Pública --acusados de obtener importes millonarios mediante subvenciones públicas durante los ejercicios 2011, 2012 y 2013 al hacer pasar por carbón interior el obtenido en explotaciones a cielo abierto--, al considerar ilícita la principal prueba incriminatoria. La Sala ha declarado nulas por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio las entradas y registros practicados en las instalaciones de Hullera Vasco-Leonesa y Transportes Peal, y en el centro de proceso de datos de La Robla. En el primer caso, el Tribunal Supremo ya había declarado en 2019 la nulidad del auto que autorizó el registro; respecto de Transportes Peal, la Audiencia ha considerado que la autorización judicial incurrió en una motivación insuficiente sobre la necesidad y proporcionalidad de la medida y en cuando al centro de datos de La Robla, ha concluido que quien autorizó el acceso carecía de legitimación para prestar el consentimiento. Como consecuencia de dichas nulidades el tribunal ha excluido tanto la documentación obtenida en los registros como las pruebas derivadas de ella, entre las cuales figuraban los informes de los inspectores de Hacienda que sustentaban las conclusiones sobre la supuesta mecánica defraudatoria y las cantidades presuntamente defraudadas. La Sala ha destacado que uno de los inspectores reconoció en el juicio que, "prescindiendo de la información obtenida en Transportes Peal y en el centro de datos de La Robla, no podía mantener sus conclusiones sobre el fraude ni cuantificar las cuotas supuestamente defraudadas". La Audiencia Provincial de León ha argumentado además que la prueba restante tampoco permite acreditar la existencia de un sistema organizado para alterar la producción de carbón, de una doble contabilidad o de facturación ficticia. Así lo ha reflejado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, al señalar que "la prueba nuclear es ilícita, la prueba derivada está contaminada y la prueba restante es insuficiente", por lo que no ha quedado acreditada la existencia del hecho delictivo, no ha podido determinarse la cuota defraudada ni tampoco se ha probado la participación de los acusados. El Ministerio Fiscal había solicitado condenas de entre siete años y medio y 12 años de prisión para los cinco empresarios vinculados a la minería, por delito contra la Hacienda Pública y falsedad en documento mercantil. En el procedimiento había un sexto acusado que ya ha fallecido.

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  3. Infobae
    Erste Meldung21. Sept., 10:17

    Absueltos todos los acusados de un presunto fraude de carbón en León tras anular registros

    León, 21 sep (EFE).- La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León ha absuelto a todos los directivos y empresas, entre ellas la Hullera Vasco-Leonesa, que estaban acusados por un presunto fraude en la extracción de carbón en la mina de Santa Lucía de Gordón (León), al declarar nulos los registros que originaron la principal prueba de cargo. La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, exime de responsabilidad penal a la histórica sociedad minera Hullera Vasco-Leonesa y a las contratas Transportes Peal y Restauraciones Mineras S.A., así como a sus directivos, todos acusados por supuestos delitos contra la Hacienda Pública y falsedad en documento mercantil correspondientes a los ejercicios de 2011 a 2013. Los acusados, ahora absueltos, son Antonio del Valle, Arturo del Valle, Mario Calvo, Juan Manuel Alonso y Francisco Javier Luengo. Había otro acusado, José Manuel Alonso, conocido como Manolo Peal, que falleció el pasado marzo a los 87 años, mientras que un sexto directivo había salido del proceso con carácter previo a la celebración del juicio al constatarse que padece un grave deterioro cognitivo progresivo que le impedía comprender su situación procesal y ejercer su derecho de defensa. Durante el juicio, que duró diez días, la Fiscalía y la Abogacía del Estado sostuvieron que los acusados idearon una trama "deliberada y pactada" para hacer pasar el mineral extraído en los cielos abiertos por carbón de interior, con el objetivo de cobrar mayores subvenciones estatales, que en su momento eran cinco veces superiores para esta última categoría. Las acusaciones mantenían que existió una sobrefacturación mediante viajes ficticios e infrafacturación de carbón y cifraban el presunto fraude en más de 2,1 millones de euros, por lo que solicitaban penas de hasta doce años de prisión para los directivos de la Hullera y de siete años y medio para los responsables de Peal. Los acusados, durante el juicio, negaron la trama y afirmaron que la facturación correspondía a trabajos reales avalados por mediciones topográficas, mientras que un perito de la Inspección de la Agencia Tributaria en Castilla y León afirmó que había viajes para recoger carbón "inventados" que se añadían a mano y facturas "poco habituales", hechas a veces entre dos personas e incluso con faltas de ortografía. El perito cifró esa diferencia entre lo real y lo facturado en un 21 por ciento el primer año, en un 17 por ciento el segundo y en un 28 por ciento el tercero. El tribunal basa su fallo absolutorio en la declaración de nulidad de las entradas y registros practicados en las instalaciones de la Hullera Vasco-Leonesa, Transportes Peal y en el centro de datos de La Robla. La Sala considera que estas actuaciones vulneraron el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, ya que las autorizaciones carecían de una motivación suficiente respecto a la necesidad y proporcionalidad de la medida. Como consecuencia de esta vulneración, los magistrados han expulsado del procedimiento toda la prueba documental incautada y los informes periciales elaborados por los inspectores de Hacienda que derivaban de dicha documentación. Al desecharse esta prueba principal, la Audiencia de León concluye que la actividad probatoria restante resulta insuficiente. Contra este fallo absolutorio cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. EFE

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