Audiencia Provincial de Almería

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AMP. El Supremo confirma 4 años de cárcel para el futbolista Santi Mina por abuso sexual a una mujer

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal concluye que este relato "no contiene ningún elemento que permita afirmar que el acusado recibió una manifestación de consentimiento que interpretó de forma equivocada". Además, resalta que la sentencia de apelación "eliminó la referencia al prevalimiento", pero "dejó expresamente establecido que el relato de instancia no describía consentimiento" de la víctima para ninguno de los dos actos sexuales. La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima. TAMBIÉN RECHAZA EL RECURSO DE LA VÍCTIMA "Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que --la víctima-- hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía", relata la sentencia. Además, indica que "no incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas". El Supremo también ha desestimado el recurso de casación planteado por la víctima, en el que solicitaba, entre otros extremos, que el acusado fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de 8 años de prisión. Sobre esto, el alto tribunal considera que el hecho probado no describe que el futbolista utilizara violencia con función instrumental. De forma subsidiaria, solicitó elevar la pena a seis años porque Mina habría cometido "dos actos sexuales penetrativos plenamente diferenciados" y de manera sucesiva, pero el tribunal también lo ha desestimado. Por otro lado, ha rechazado condenar como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual cometido por el futbolista al otro acusado que fue absuelto por la Audiencia Provincial de Almería. Santi Mina se encuentra actualmente sin equipo. Fue jugador entre otros del RC Celta, equipo que rescindió de manera unilateral su contrato en agosto de 2023 tras conocerse la sentencia condenatoria, y del Valencia CF.

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El Supremo confirma cuatro años de cárcel para Santi Mina por abuso sexual

E l Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Image ID: 89848350 Santi Mina entrena con el Celta EFE /clip/cbd73a55-ade9-4135-944c-daa1febd48d0_source-aspect-ratio_default_0.jpg 1200 675 Según la sentencia, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería , pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima. El delantero gallego, de 30 años, militó la mayor parte de su carrera en el Celta de Vigo, que le despidió al ser condenado por los hechos. Jugó también en el Valencia y su último club ha sido el Al Shabab de Arabia Saudí.

SportSporthace 2 h

El Supremo confirma la condena de cuatro años de prisión a Santi Mina por abuso sexual en Mojácar

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santi Mina por un delito de abuso sexual cometido contra una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). La Sala de lo Penal ha desestimado los 29 motivos del recurso de casación presentados por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ya había ratificado la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería. El TSJA redujo entonces la indemnización por daño moral de 50.000 a 25.000 euros y confirmó la absolución de un amigo del futbolista. En su sentencia, el Supremo rechaza el argumento de... Ver Más

ABCABC(abc)hace 2 h

El Supremo confirma 4 años de cárcel para el futbolista Santi Mina por abuso sexual a una mujer

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima. (((HABRÁ AMPLIACIÓN)))

InfobaeInfobaeNewsroom Infobaehace 2 h

AV. El Supremo confirma 4 años de cárcel para el futbolista Santi Mina por abuso sexual a una mujer

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima.

InfobaeInfobaeNewsroom Infobaehace 2 h

El Supremo confirma 4 años de cárcel para Santi Mina por abuso sexual

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, «el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos , interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza». La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima.

ABCABC(abc)hace 3 h

Condenan a más de cinco años de cárcel al jefe de una cooperativa almeriense por agresión sexual a una becaria

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cinco años y tres meses de prisión al jefe de departamento de una cooperativa agrícola de Almería por un delito continuado de agresión sexual a una becaria, a la que sometió a tocamientos y dirigió frases inapropiadas durante más de un año desde el momento de su contratación, en mayo de 2023. El fallo, al que ha tenido acceso Europa Press y contra el que cabe recurso ante el TSJA, impone a este hombre ocho años de alejamiento e incomunicación con la víctima así como seis años más de libertad vigilada y 12 de inhabilitación para profesión, oficio o actividcades que conlleven contacto con menores. También deberá indemnizarla con 15.000 euros. De otro lado, la sentencia absuelve al acusado de los delitos de acoso sexual y acoso laboral ya que el tribunal de la Sección Tercera de Almería consideró que los mismos quedaban integrados en el propio delito continuado de agresión sexual a la trabajadora en prácticas. En esta línea, no se llegó a probar que el acusado pretendiera "anular profesionalmente" a la denunciante. Los hechos tuvieron lugar a partir del mes de mayo de 2023, cuando la perjudicada fue contratada como becaria en la cooperativa para trabajar en un departamento cuyo jefe inmediato era el acusado, de 49 años en el momento de los hechos. Así, desde el inicio de la relación laboral, el jefe comenzó a acercarse a la empleada "con ánimo libidinoso", de manera que aprovechaba los momentos en los que se quedaban a solas para someterla a caricias en sus zonas íntimas, tanto por encima como por debajo de la ropa. Según el testimonio de la víctima, algunos de estos tocamientos se realizaron en un coche, durante las salidas a los campos de cultivo. El tribunal consideró demostrado que el acusado le dirigía a la becaria frases como "si eres más cariñosa, si te portas bien conmigo, te irá mejor en la empresa" al tiempo que reaccionaba "de modo agresivo" cuando lo rechazaba, con expresiones como "puta becaria, aquí se hace lo que digan mis cojones". Todas estas conductas generaron en la víctima una presión psicológica que afectó a su estado emocional y a su vida cotidiana, ya que sentía "mucha vergüenza" si contaba algo. Asimismo, tenía "miedo a perder su puesto de trabajo porque quería demostrar lo que valía profesionalmente". La situación se prolongó durante más de un año, cuando la chica, que ha tenido que someterse a tratamiento psiquiátrico ante estos hechos, presentó una denuncia en la comisaría. UN TESTIMONIO CREÍBLE, VEROSIMIL Y PERSISTENTE El testimonio de la víctima convenció al tribunal, el cual no vio "motivo alguno para dudar" de sus palabras, ya que ofreció una versión creíble, verosímil y persistente de los hechos a partir de una denuncia que, según advierte, "solo le ha traído perjuicios" y le ha provocado un "estado de nerviosismo" que quedó patente durante el juicio. Así, los magistrados atendieron la versión de la mujer, quien comentó las frases "inapropiadas" que le dirigía el acusado y los contactos "excesivos" que desde el principio sufrió, lo que le llevó incluso un día a sufrir "un ataque" y a tener que ser atendida por una ambulancia. Las manifestaciones de la víctima obtuvieron además una "fuerte corroboración periférica" a través del informe psicológico aportado a la causa, que detallaba en sus conclusiones que la mujer sufría "síntomas de estrés postraumático" y detectaba "suficientes indicadores conceptuales con una situación de acoso sexual". A ello se unió el informe de médico forense, que apreciaba una estrategia "compatible con acoso sexual y laboral", entendido como un "proceso de dominio del hombre sobre la mujer en el ámbito laboral" que iba "más allá de agresiones". Esta y el resto de pruebas de cargo, a juicio de la Sala, son suficientes para determinar la culpabilidad del acusado. Frente a la versión acusatoria, la defensa aportó distintos testigos --entre ellos el presidente y el gerente de la compañía-- que afirmaron no ver nada extraño o simplemente no aportaron nada sobre los hechos denunciados. No obstante, el tribunal aclara que los hechos delictivos ocurrieron "en la intimidad, aprovechando el acusado que no había otra persona presente", sentido en el que tampoco dan validez a un informe pericial "no ratificado" sobre los planos y distribución de la empresa con los que la defensa intentó demostrar que el acusado y la víctima estaban a la vista de más gente.

InfobaeInfobaeNewsroom Infobae22 sept

Condenada a 47 años de cárcel una mujer por prostituir a sus hijas de 5 y 9 años en Almería

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas que suman 47 años de prisión a una mujer por prostituir a sus propias hijas cuando éstas tenían 5 y 9 años. Se le imponen, en concreto, 18 años de cárcel por dos delitos de explotación sexual y otros 29 años más como cooperadora necesaria de esos delitos, habiéndose tenido en cuenta la vulnerabilidad de las víctimas y el prevalimiento de la progenitora sobre ellas. El fallo, consultado por Europa Press y contra el que cabe recurso, detalla que en varias ocasiones entre los años 2021 y 2022 las menores fueron expuestas a este tipo de encuentros, a veces incluso en grupo conforme a sus testimonios, al tiempo que da cuenta... Ver Más

ABCABC(abc)19 sept

Condenada una madre a 47 años de prisión por prostituir a sus hijas de 5 y 9 años en Almería

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a penas que suman 47 años de prisión a una madre acusada de prostituir a sus propias hijas cuando contaba, al menos, con 5 y 9 años de edad, facilitando encuentros sexuales con desconocidos a cambio de beneficios económicos. El fallo, consultado por Europa Press y contra el que cabe recurso, impone a la mujer 18 años de cárcel por dos delitos de explotación sexual y otros 29 años más como cooperadora necesaria de dos delitos de agresión sexual, para los que se tuvo en cuenta la vulnerabilidad de las víctimas y el prevalimiento que la progenitora tenía sobre ellas. La sentencia, que absuelve a la pareja sentimental de la mujer, da por probado que en fechas no determinadas entre 2021 y 2022, la acusada utilizaba a sus hijas menores de edad para concertar citas con distintos hombres, que no pudieron ser identificados, para realizar prácticas sexuales con ellas. La resolución detalla que fueron en varias ocasiones en las que las menores fueron expuestas a este tipo de encuentros, a veces incluso en grupo conforme a sus testimonios, al tiempo que da cuenta del tipo de prácticas a las que fueron sometidas a cambio de dinero que se abonaba en "billetes azules". No obstante y a raíz de la prueba practicada, el tribunal no tiene constancia de que en este tipo de hechos interviniera de alguna manera el entonces novio de la acusada, así como tampoco que participara en ninguno de estos encuentros sexuales, dado que la única alusión que se hizo contra él en este sentido resultó ser tan "genérica" y "abstracta" que no permiten emitir un pronunciamiento condenatorio. El tribunal de la Sección Tercera tuvo en cuenta la declaración de la mayor de las niñas, cuyo testimonio preconstituido sobre lo ocurrido fue "creíble", "coherente" y "persistente" en cuanto a la incriminación, toda vez que se vio apoyado por otras pruebas, entre ellas, el informe de los pediatras que las atendieron y el testimonio de la pareja del padre de las niñas, que fue quien denunció en mayo de 2023 al enterarse de lo que pasaba. Asimismo, la acusación se vio respaldada a raíz del informe psicológico efectuado por la fundación 'Márgenes y vínculos' que calificó el testimonio de la víctimas como "probablemente creíble" al tiempo que constató la existencia de sintomatología compatible con violencia sexual en las pequeñas. Además de las penas privativas de libertad, de las que conforme el Código Penal cumplirá un máximo de 20 años, el tribunal priva de la patria potestad a la mujer y la condena a 30 meses de multa a razón de seis euros diarios por cada uno de los dos delitos de explotación sexual, así como a diez años de libertad vigilada y a 35 años de alejamiento e incomunicación con respecto a ellas. También deberá indemnizarlas con 60.000 euros a cada una.

InfobaeInfobaeNewsroom Infobae19 sept

Juzgan este viernes al acusado maltratar a su mujer e intentar matarla con un rodillo de cocina en Almería

La Audiencia Provincial de Almería va a celebrar este viernes el juicio contra un hombre acusado de maltratar a su mujer durante años e intentar matarla al asestarle varios golpes en la cabeza con un rodillo de cocina en el domicilio familiar, donde se encontraba al menos uno de sus tres hijos. Según su escrito provisional de acusación, consultado por Europa Press, la Fiscalía tiene previsto solicitar once años y medio de prisión para el acusado por un delito de homicidio en grado de tentativa con la agravante de parentesco y otro más de malos tratos habituales, ya que la víctima habría viviendo en un clima de violencia prácticamente desde el inicio de la relación. Los hechos habrían tenido lugar el 11 de diciembre de 2024, cuando la mujer acababa de llegar a casa de trabajar y se inició una "discusión" con el acusado en la que este le habría exigido que le entregara todo el dinero que había cobrado por su empleo. Acto seguido, habría echado a la mujer a la calle. Cuando la víctima volvió y se disponía a entrar en el baño sin hacer caso de su marido, este la habría golpeado en la cabeza "en más de tres ocasiones" con un rodillo que había cogido de la cocina con "ánimo de acabar con su vida", lo que hizo que la mujer comenzara a pedir auxilio. Fue entonces cuando la hija mayor de la pareja, que contaba con 14 años en ese momento, salió de su habitación y se interpuso entre ambos al ver a su padre con el rodillo y a su madre ensangrentada a fin de evitar nuevos golpes. En ese momento, la mujer aprovechó para salir corriendo y pedir ayuda. La mujer sufrió importantes lesiones con fracturas en el cráneo por las que estuvo impedida un mes y de las que le han quedado secuelas. El Ministerio Público apunta que desde el inicio de la relación en 2006, el acusado ha mantenido un "control férreo" sobre su mujer, a quien no "dejaba salir sola a la calle" y pedía explicaciones de todo lo que hacía, de modo que la víctima debía pedir permiso "para cualquier cosa". Así, desde su llegada a España en 2023, el acusado solo habría permitido a su esposa salir a la calle para ir a trabajar "controlando sus horarios" y "exigiéndole que le entregara todo el dinero que ganaba". Como parte de estos mecanismos de control, el acusado tendría incluso, conforme la acusación, una habitación cerrada con los documentos de la familia, ropa o dinero "donde solo entraba él" y "donde guardaba la televisión cada vez que él salía de la casa, teniendo solo la llave el acusado". La mujer también sufría insultos e improperios del acusado cuando este se enfadaba con ella, mientras que en otras ocasiones habría sido golpeada mediante "tirones de pelo" o "bofetadas". La Fiscalía apunta además que, en ocasiones, el varón "iba a la cocina, cogía un cuchillo y acercándoselo, le manifestaba que la iba a matar o que la iba a quemar" para amedrentarla, estando los hijos en común presentes en la mayoría de las ocasiones. Además de las penas privativas de libertad, la Fiscalía también solicita 17 años de alejamiento e incomunicación del acusado con la víctima, ocho años de libertad vigilada y el pago de 33.00 euros en indemnizaciones por las lesiones y el daño moral ocasionado. El juicio está previsto a partir de las 10,00 horas en la Sección Tercera de Almería. El teléfono 016 es el número de ayuda a las mujeres que sufren violencia de género y a su entorno. No deja huella en la factura, aunque puede quedar registrado en algunos terminales. También se pueden realizar consultas mediante el correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es, el canal de WhatsApp en el número 600 000 016 y el chat online de la página web 'violenciagenero.igualdad.gob.es'. Estos servicios funcionan las 24 horas, todos los días de la semana.

InfobaeInfobaeNewsroom Infobae17 sept

La Audiencia de Almería urge a la Junta a nombrar un delegado de Justicia: «Hay asuntos que tenemos parados»

El presidente de la Audiencia Provincial de Almería, Luis Columna, ha expresado su preocupación por la falta de nombramiento de un delegado territorial de Justicia de la Junta de Andalucía en la provincia, una vacante que, según ha advertido, está dificultando el funcionamiento de la Administración de Justicia. «Ahora mismo hay asuntos que tenemos parados», ha afirmado Columna ante los periodistas, al señalar que echa en falta un interlocutor directo con quien abordar cuestiones relacionadas con la dotación de personal, las infraestructuras judiciales y otros asuntos operativos que dependen de la administración autonómica. El puesto de delegado de Turismo, Justicia, Desregularización y Administración Local permanece vacante desde el pasado mes de julio, tras la remodelación del Gobierno andaluz presidido por... Ver Más

ABCABC(abc)16 sept