¿Qué futuro le espera a Glovo en España?
El fondo SSW Partners puede vender el negocio a un gran operador o a un banco de inversión que delegue la gestión local
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La larga batalla judicial sobre las condiciones laborales de los repartidores de Glovo entra en una nueva fase. El Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona ha acordado continuar por procedimiento abreviado la causa contra Óscar Pierre, cofundador de la plataforma, al apreciar indicios de un posible delito contra los derechos de los trabajadores. Tras años de sentencias que reconocían a los repartidores como empleados por cuenta ajena, el juez sostiene que la compañía siguió exigiéndoles trabajar como autónomos. El modelo Glovo se sienta en el banquillo. El magistrado da diez días a la Fiscalía y a la CGT, que representa a los 'riders' o conductores demandantes, para que soliciten apertura de juicio oral y presenten sus escritos de acusación,... Ver Más

El juez ha dado por terminada la instrucción del caso y ha acordado dar un plazo de diez días a las partes para que presenten sus escritos antes de enviar el caso a juicio.
Barcelona, 22 sep (EFE).- El juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona ha dejado a un paso de juicio al consejero delegado de la empresa de reparto Glovo, Óscar Pierre, por un delito contra los derechos de los trabajadores por emplear a falsos autónomos pese a las resoluciones judiciales que lo instaban a contratarlos. En un auto, al que ha tenido acceso EFE y que aún puede ser recurrido, el juez da por terminada la instrucción del caso, que se abrió a raíz de una denuncia de la Fiscalía, y acuerda dar un plazo de diez días a las partes para que presenten sus escritos antes de enviar el caso a juicio. En su auto, el juez argumenta que Glovo utiliza a trabajadores "a los que exige su alta en el régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, una relación en apariencia mercantil que le permite reducir sus costes empresariales, al no garantizar un salario profesional conforme a la jornada de trabajo realizada" y ahorrarse sus cotizaciones laborales. Según recuerda el juez, en septiembre de 2020 el Supremo dictó una sentencia en la que afirmaba la "naturaleza laboral" entre Glovo y sus trabajadores, conclusión a la que han llegado otros juzgados en fallos que han devenido firmes pese a los recursos de la empresa de reparto. A pesar de ello, añade el auto, Glovo "continúa manteniendo la misma relación de trabajo con sus trabajadores", quienes están obligados a darse de alta como autónomos y abonar sus propias cotizaciones si quieren continuar prestando los servicios para la empresa. Para el magistrado, ello constituye "una práctica que no autoriza la legislación laboral y que menoscaba y suprime los derechos que aquella reconoce a los trabajadores por cuenta ajena, tales como los relativos a salario, jornada, descansos, permisos, vacaciones o protección de la Seguridad Social". A raíz de las sentencias citadas, la Seguridad Social ordenó a las Inspecciones de Trabajo provinciales que enviaran requerimientos a la empresa Glovo para "comprobar si la relación laboral por cuenta ajena había sido reconocida por esta y aplicado los derechos laborales a los trabajadores". "Sin embargo, Glovo no acreditó en sus respuestas ninguno de los anteriores extremos, limitándose a contestar que la relación inicial que unía a las partes no se mantenía en el momento de procederse al requerimiento", sostiene el juez. Sin embargo, añade el auto, es una "realidad incuestionable" que los empleados de Glovo han continuado realizando sus labores de reparto en las mismas condiciones en las que lo venían llevando a término con anterioridad, sin que se les haya reconocido su condición de trabajadores por cuenta ajena. En ese sentido, abunda el juez que los repartidores carecen de una organización de trabajo propia, al prestar sus servicios dentro de la implementada por la empresa Glovo, que "dirige y organiza sus trabajos diarios a través de la plataforma digital de obligada utilización, donde se determina la forma y el precio del servicio de recogida y entrega de productos, y se establece un sistema de control del proceso productivo por medio de la gestión algorítmica del servicio". Pierre fue citado a declarar como investigado en el juzgado en diciembre de 2024 y, el día antes de su comparecencia, anunció que cambiaba el modelo de contratación y que emplearía a los repartidores, con el fin de garantizar la "paz social" en la empresa, pese a mantener que el anterior sistema también era legal. EFE

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El tribunal atiende a la petición de la Fiscalía de llevar a juicio al fundador de Glovo por delito contra los trabajadores
El magistrado cree que las decisiones del consejero delegado de la compañía “menoscaban y suprimen los derechos” de los repartidores

El magistrado, tal y como pedían la Fiscalía y el sindicato CGT, acuerda dejar a un paso del juicio a Oscar Pierre por un delito contra los derechos de los trabajadores La Fiscalía pide llevar a juicio al fundador de Glovo por mantener como falsos autónomos a los repartidores El juez de Barcelona que investiga al fundador y consejero de Glovo ha acordado sentar en el banquillo a Oscar Pierre por un delito contra los derechos de los trabajadores al mantener como falsos autónomos a sus repartidores pese a las sentencias que le obligaban a contratarles como empleados. Así lo ha decidido el juez en un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, en el que rechaza archivar la causa, como solicitaba Pierre, y atiende la petición de la Fiscalía y el sindicato CGT, que reclamaban enviar a juicio al empresario. En su resolución, el juez indica que Glovo “continuó manteniendo la misma relación” laboral con sus repartidores, que “se vieron obligados a darse de alta como autónomos y a abonar sus propias cotizaciones si quieren continuar prestando los servicios para la empresa”. Mantener como falsos autónomos a los repartidores, indica el instructor, “constituye una práctica que no autoriza la legislación laboral y que menoscaba y suprime los derechos que aquella reconoce a los trabajadores por cuenta ajena, tales como los relativos a salario, jornada, descansos, permisos, vacaciones o protección de la Seguridad Social”. La denuncia de la Fiscalía que inició el caso que ahora terminará en un juicio fue el último paso de la lucha de las autoridades laborales contra el modelo de falsos autónomos en el que se sustentó el modelo de negocio de Glovo y que el Supremo declaró ilegal. El Ministerio de Trabajo impulsó la ley Rider para vetar estas prácticas, y Pierre, antes de su declaración como imputado en Barcelona en 2024, anunció que la firma dejaría atrás su modelo y contrataría a sus repartidores.