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Vox pide a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que recurra el tercer grado concedido al exdirigente de ETA Henri Parot

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  1. 18 de septiembre
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    Seguimiento18 sept, 14:19

    La Fiscalía recurre la semilibertad que el Gobierno Vasco concedió nuevamente a Anboto

    Madrid, 18 sep (EFE).- La Fiscalía ha recurrido nuevamente la decisión del Gobierno Vasco de conceder otra vez a la exjefa de ETA Soledad Iparraguirre, alias Anboto, la semilibertad en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que meses antes había revocado el juzgado de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional. El pasado día 2, el Ejecutivo Vasco decidió aplicar de nuevo este artículo a Iparraguirre teniendo en cuenta la propuesta "unánime" en este sentido de la Junta de Tratamiento de la prisión donostiarra de Zubieta, donde está encarcelada. La semilibertad permite salir de la prisión en un horario determinado de lunes a viernes para realizar labores de voluntariado con la obligación de regresar todos los días a la cárcel a dormir. El Gobierno Vasco tomó esta decisión después de que el pasado abril el juez de Vigilancia Penitenciara de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, rechazara esta aplicación del artículo 100.2, por lo que se suspendió y tuvo que volver a prisión sin disfrutar de esas salidas, tras un recurso de la Fiscalía. De hecho, el fiscal sostiene que este nuevo recurso reproduce sustancialmente otro planteado hace apenas unos meses al considerar que no concurren las circunstancias excepcionales exigidas legalmente para la adopción de esta medida, porque esas labores de voluntariado no presentan la singularidad ni la necesidad tratamental que exige el 100.2 del Reglamento Penitenciario. Por tanto, el asunto aterriza de nuevo en el juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional que el pasado abril revocó la semilibertad al recordar la extrema gravedad de los delitos por los que fue condenada: 10 asesinatos, tenencia de explosivos, atentados, estragos, incendios, tenencia de armas y delitos contra la Corona que se han acumulado en una pena de 30 años de prisión. Del análisis de su expediente penitenciario se desprende, argumentó el magistrado José Luis Castro, una positiva evaluación de su actitud ya que ha asumido sus delitos, abona de forma fraccionada las responsabilidades civiles, ha repudiado la violencia y ha pedido perdón a las víctimas. Sin embargo, concluyó que no concurrían los requisitos necesarios para aprobar una flexibilización del régimen penitenciario de esa naturaleza. EFE

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  3. 16 de septiembre
  4. 14 de septiembre
  5. Primera noticia14 sept, 19:16

    Vox pide a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que recurra el tercer grado concedido al exdirigente de ETA Henri Parot

    Vox ha presentado este lunes una solicitud de actuación ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que recurra la decisión del Gobierno vasco de conceder el tercer grado penitenciario al exdirigente de ETA Henri Parot y solicite que se suspenda para que "retorne de inmediato al centro penitenciario correspondiente". El escrito, firmado por la vicesecretaria Nacional Jurídica de la formación, Marta Castro, expone que esta concesión "afecta directamente a los derechos que el ordenamiento jurídico reconoce a las víctimas del terrorismo" al suponer "un menosprecio y humillación". En este sentido, recuerda que el artículo 61 de la Ley 29/2011 "impone al Estado la obligación de prevenir y evitar la realización de actos que entrañen "descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, exaltación del terrorismo, homenaje o concesión pública de distinciones a los terroristas"". Por otro lado, destaca en la necesidad de acreditar de forma "fehaciente y cumulativa" signos "inequívocos" de haber dejado atrás "fines y medios terroristas"; así como la "colaboración activa" para "impedir" otros delitos y "atenuar" los propios, e identificar, capturar o procesar a "responsables de delitos terroristas". También incide en la necesidad de realizar una "declaración expresa de repudio de las actividades delictivas y de abandono de la violencia"; la "petición expresa de perdón a las víctimas"; e "informes técnicos que acrediten la real desvinculación de la organización terrorista y de su entorno". "La concesión del tercer grado sin la acreditación suficiente de estos requisitos constituiría una vulneración directa del artículo 72.6 LOGP", recoge el documento elaborado por Vox. En cuanto al principio de flexibilidad en la clasificación penitenciaria, argumenta que "no puede en ningún caso servir de cauce para eludir los requisitos" que "impone la ley orgánica para el acceso al tercer grado de los condenados por delitos de terrorismo" y, "con mayor motivo" "en quien concurre una actividad sanguinaria". De este modo, "debe interpretarse de conformidad con las normas de rango orgánico que condicionan y limitan la clasificación en tercer grado". Vox apela a la verificación de la liquidación de condena del penado, para que "si resultase que los plazos temporales previstos" en el Código Penal "no se han consumido", servirían para reforzar la "improcedencia" del grado concedido a Parot. Por último, desde el partido liderado por Santiago Abascal mencionan la sentencia del Tribunal Constitucional 169/2021, de 6 de octubre, de las cuales se desprende --según Vox-- que no se cumplen "los períodos de seguridad y los requisitos reforzados" para conseguir el tercer grado ya que solo son "constitucionalmente legítimos" cuando "no anulen por completo la expectativa de reinserción", como sucede en este caso según la formación política. Por todo ello consideran "que la concesión del tercer grado penitenciario a Henri Parot resulta manifiestamente improcedente en tanto no se acredite el cumplimiento efectivo de todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 72.6 LOGP". Y recuerdan que fue condenado por "39 asesinatos terroristas consumados y otros delitos de extrema gravedad", "acumulando penas de prisión cercanas a 4.797 años", con "presencia de menores de edad entre los fallecidos en el atentado de Zaragoza" y cuya "entidad de las penas" sitúan "este caso en un plano de gravedad excepcional". Vox asegura en su escrito que la concesión del tercer grado al exdirigente de la banda terrorista resulta contrario "al espíritu y finalidad" de la Ley Orgánica 7/2003 que tenía como objetivo "garantizar el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas en los supuestos de crímenes especialmente graves" y exigir "requisitos cualificados para que los condenados por terrorismo pudieran acceder al régimen abierto".

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