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hace 7 h

AMP. El Supremo confirma 4 años de cárcel para el futbolista Santi Mina por abuso sexual a una mujer

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal concluye que este relato "no contiene ningún elemento que permita afirmar que el acusado recibió una manifestación de consentimiento que interpretó de forma equivocada". Además, resalta que la sentencia de apelación "eliminó la referencia al prevalimiento", pero "dejó expresamente establecido que el relato de instancia no describía consentimiento" de la víctima para ninguno de los dos actos sexuales. La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima. TAMBIÉN RECHAZA EL RECURSO DE LA VÍCTIMA "Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que --la víctima-- hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía", relata la sentencia. Además, indica que "no incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas". El Supremo también ha desestimado el recurso de casación planteado por la víctima, en el que solicitaba, entre otros extremos, que el acusado fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de 8 años de prisión. Sobre esto, el alto tribunal considera que el hecho probado no describe que el futbolista utilizara violencia con función instrumental. De forma subsidiaria, solicitó elevar la pena a seis años porque Mina habría cometido "dos actos sexuales penetrativos plenamente diferenciados" y de manera sucesiva, pero el tribunal también lo ha desestimado. Por otro lado, ha rechazado condenar como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual cometido por el futbolista al otro acusado que fue absuelto por la Audiencia Provincial de Almería. Santi Mina se encuentra actualmente sin equipo. Fue jugador entre otros del RC Celta, equipo que rescindió de manera unilateral su contrato en agosto de 2023 tras conocerse la sentencia condenatoria, y del Valencia CF.

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Investigado por cortar la luz y el agua a una mujer de 88 años en proceso de desahucio

Almería, 23 sep (EFE).- Un juez de Roquetas de Mar (Almería) ha abierto diligencias previas por un delito de coacciones al nuevo dueño de un inmueble que cortó unilateralmente el suministro de electricidad y agua de una vivienda de una mujer de 88 años, quien estaba en pleno proceso de desahucio. Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), este juez ha alertado de la interpretación errónea que numerosos propietarios de viviendas están realizando sobre una reciente sentencia del Tribunal Supremo, lo que está derivando en acciones coactivas y acoso contra inquilinos morosos o personas embargadas al confundirlos con 'okupas' ilegales. El caso afecta a una mujer de 88 años que perdió la titularidad de su vivienda tras no poder continuar haciendo frente a la cuota hipotecaria tras 25 años de pagos ininterrumpidos. La residencia fue sometida a subasta y adquirida por un nuevo titular, que sin esperar al lanzamiento y a la ejecución del embargo por la autoridad judicial, instó a las compañías suministradoras a interrumpir los servicios básicos. La interrupción se produjo en pleno agosto, lo que obligó a la anciana, que residía sola y continuaba pagando puntualmente sus facturas de suministros, a abandonar la casa y refugiarse temporalmente en el domicilio de una de sus hijas. Ante la denuncia de estos hechos, el juez dictó una medida cautelar exigiendo la restitución inmediata de los servicios de electricidad y agua y a los pocos días, el investigado contactó con las empresas para devolver los suministros. El magistrado de Roquetas Claudio García Vidales constata en un auto que algunos propietarios se están amparando equivocadamente en una sentencia dictada el pasado junio por el Tribunal Supremo que abre la vía a los cortes de luz y agua para facilitar el abandono de los inmuebles por parte de inquilinos morosos. Sin embargo, el juez subraya que la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece una clara diferenciación entre el inquilino que no puede abonar el alquiler por circunstancias sobrevenidas, o la persona embargada que debe abandonar su casa, y la figura del 'okupa', definido como aquel que entra por la fuerza en una propiedad ajena careciendo de cualquier tipo de derecho o deber sobre la misma. El magistrado recuerda que, aunque la mujer tiene la obligación de abandonar el inmueble al haber perdido la titularidad, esta situación no habilita a los nuevos propietarios para actuar de forma unilateral recurriendo a medidas coactivas que en ningún caso están amparadas por el ordenamiento jurídico español. EFE mma/fs/ja/oli

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La falta de helicóptero y patrulleras en Almería llega a la Comisión Europea

La Comisión Europea tomará conciencia de la falta medios contra el narco en Almería, donde la Guardia Civil se enfrenta a las narcolanchas sin helicóptero y con no más de tres patrulleras en el mar. Además, se llega a dar la circunstancia que hay veces que los agentes de Almería tienen que navegar en barcos de Granada para poder salir al mar. Esa situación la llevará el PPE a Bruselas , buscando apoyo y las soluciones que el Gobierno de Pedro Sánchez se niega a aportar. La pregunta ante la Comisión la hará el eurodiputado y exministro de Interior español Juan Ignacio Zoido. En el documento registrado explica una situación que ya denunció ABC. Por eso reseña que según informes... Ver Más

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AMP. El Supremo confirma 4 años de cárcel para el futbolista Santi Mina por abuso sexual a una mujer

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal concluye que este relato "no contiene ningún elemento que permita afirmar que el acusado recibió una manifestación de consentimiento que interpretó de forma equivocada". Además, resalta que la sentencia de apelación "eliminó la referencia al prevalimiento", pero "dejó expresamente establecido que el relato de instancia no describía consentimiento" de la víctima para ninguno de los dos actos sexuales. La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima. TAMBIÉN RECHAZA EL RECURSO DE LA VÍCTIMA "Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que --la víctima-- hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía", relata la sentencia. Además, indica que "no incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas". El Supremo también ha desestimado el recurso de casación planteado por la víctima, en el que solicitaba, entre otros extremos, que el acusado fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de 8 años de prisión. Sobre esto, el alto tribunal considera que el hecho probado no describe que el futbolista utilizara violencia con función instrumental. De forma subsidiaria, solicitó elevar la pena a seis años porque Mina habría cometido "dos actos sexuales penetrativos plenamente diferenciados" y de manera sucesiva, pero el tribunal también lo ha desestimado. Por otro lado, ha rechazado condenar como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual cometido por el futbolista al otro acusado que fue absuelto por la Audiencia Provincial de Almería. Santi Mina se encuentra actualmente sin equipo. Fue jugador entre otros del RC Celta, equipo que rescindió de manera unilateral su contrato en agosto de 2023 tras conocerse la sentencia condenatoria, y del Valencia CF.

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El Supremo confirma 4 años de prisión al futbolista Santi Mina por abusos sexuales

Madrid, 23 sep (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión al futbolista Santi Mina por abusar sexualmente de una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería), donde pernoctaba y viajaba el jugador con otros amigos. La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso del futbolista contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ratificó la prisión ordenada por la Audiencia de Almería pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización a la víctima. El Celta de Vigo, último club del jugador, extinguió "unilateralmente" el contrato de Santi Mina, al que le quedaban dos años de vinculación con la entidad gallega en agosto de 2023, cuando el TSJA ratifico la condena de la Audiencia almeriense. En su sentencia, el Supremo señala que "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza”. Por este motivo, la Sala deja claro que no existe ningún elemento que permita afirmar que el jugador recibió un consentimiento que interpretó de forma equivocada. “No incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas. “Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que la mujer hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía”, concluyen los magistrados. La Sala, por otra parte, también ha desestimado el recurso de la víctima, en el que solicitaba que fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de 8 años de prisión y, subsidiariamente, de seis años. Como también ha hecho con la petición de condenar como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual cometido por el futbolista al otro acusado que fue absuelto. EFE

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El Supremo confirma cuatro años de prisión al futbolista Santi Mina por abusos sexuales

Madrid, 23 sep (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión al futbolista Santi Mina por abusar sexualmente de una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería), donde pernoctaba y viajaba el jugador con otros amigos. La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso del futbolista contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ratificó la prisión ordenada por la Audiencia de Almería pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización a la víctima. El Celta de Vigo, último club del jugador, extinguió "unilateralmente" el contrato de Santi Mina, al que le quedaban dos años de vinculación con la entidad gallega en agosto de 2023, cuando el TSJA ratifico la condena de la Audiencia almeriense. En su sentencia, el Supremo señala que "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza”. Por este motivo, la Sala deja claro que no existe ningún elemento que permita afirmar que el jugador recibió un consentimiento que interpretó de forma equivocada. “No incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas. “Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que la mujer hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía”, concluyen los magistrados. La Sala, por otra parte, también ha desestimado el recurso de la víctima, en el que solicitaba que fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de 8 años de prisión y, subsidiariamente, de seis años. Como también ha hecho con la petición de condenar como cooperador necesario o, subsidiariamente, como cómplice del delito sexual cometido por el futbolista al otro acusado que fue absuelto. EFE

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El Supremo confirma cuatro años de cárcel para Santi Mina por abuso sexual

E l Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Image ID: 89848350 Santi Mina entrena con el Celta EFE /clip/cbd73a55-ade9-4135-944c-daa1febd48d0_source-aspect-ratio_default_0.jpg 1200 675 Según la sentencia, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería , pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima. El delantero gallego, de 30 años, militó la mayor parte de su carrera en el Celta de Vigo, que le despidió al ser condenado por los hechos. Jugó también en el Valencia y su último club ha sido el Al Shabab de Arabia Saudí.

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Prisión para los dos implicados en el doble tiroteo sin heridos el pasado lunes en El Ejido (Almería)

El juez de la Plaza 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de El Ejido (Almería) ha acordado este miércoles el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza para los dos detenidos del doble tiroteo que tuvo lugar el pasado lunes en Santa María del Águila y que se saldó sin heridos por arma de fuego. Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, a los arrestados se les atribuye inicialmente un presunto delito de tentativa de homicidio o asesinato así como un delito de tenencia ilícita de armas, lo que se concretará en fase de instrucción de la causa. Los dos detenidos han prestado declaración en sede judicial. La investigación señala que los hechos se iniciaron poco antes de las 12,30 horas del pasado lunes, cuando se recibió una llamada en la sala del 091 en la que se informaba de un posible tiroteo en la calle Alcazaba de Santa María del Águila, en El Ejido. Varios indicativos se dirigieron hasta la zona donde, al llegar, comprobaron que en el rellano de la primera planta de un edificio había varios casquillos detonados así como "numerosos impactos de bala" en la puerta de la vivienda de la víctima. La Policía contabilizó hasta 32 impactos de proyectil. Según las indagaciones realizadas por los agentes, el dueño de la vivienda tiroteada habría acudido minutos antes al piso de su vecino de arriba donde habría iniciado una discusión con otro hombre a causa de la "suciedad" del patio interior, lo que habría desembocado en una agresión. Este enfrentamiento entre vecinos, en el que además se habrían visto envueltos otros familiares de los implicados mediante amenazas, habría dado lugar posteriormente a los disparos reconocidos ante los agentes por su presunto autor, quien guardaba dos pistolas en una caja fuerte. Además de las armas, también se intervinieron cinco cargadores con capacidad para hasta 31 cartuchos. La tensión a raíz de estos acontecimientos se mantuvo hasta por la tarde, cuando sobre las 17,50 horas dos hijos del vecino agredido se habrían personado en el barrio armados cada uno con una pistola, donde habrían realizado nuevos disparos, lo que motivó nuevas llamadas a la sala de emergencias para avisar de este segundo tiroteo. Según los testigos, los hermanos dirigieron expresiones amenazantes ante la vivienda del primer arrestado, donde permanecía el padre del mismo, e incluso habrían forcejado con algunas personas que habrían tratado de evitar su presencia en el lugar de los hechos. Antes de marcharse, habrían disparado contra el varón, que salió de su casa al escuchar los gritos, aunque sin herirlo. Los agentes recuperaron dos vainas próximas entre sí en el lugar de los hechos, toda vez que se dirigieron al domicilio de uno de los identificados por los testigos. Durante su detención le fue localizada una riñonera que contenía 30 cartuchos del mismo calibre que las vainas encontradas en el suelo anteriormente. La Policía Nacional mantiene abierta una investigación para localizar al segundo sospechoso.

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El Supremo confirma la condena de cuatro años de prisión a Santi Mina por abuso sexual en Mojácar

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santi Mina por un delito de abuso sexual cometido contra una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). La Sala de lo Penal ha desestimado los 29 motivos del recurso de casación presentados por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ya había ratificado la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería. El TSJA redujo entonces la indemnización por daño moral de 50.000 a 25.000 euros y confirmó la absolución de un amigo del futbolista. En su sentencia, el Supremo rechaza el argumento de... Ver Más

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El Supremo confirma 4 años de cárcel para el futbolista Santi Mina por abuso sexual a una mujer

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima. (((HABRÁ AMPLIACIÓN)))

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AV. El Supremo confirma 4 años de cárcel para el futbolista Santi Mina por abuso sexual a una mujer

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, "el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza". La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima.

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El Supremo confirma 4 años de cárcel para Santi Mina por abuso sexual

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta al futbolista Santiago Mina por un delito de abuso sexual a una mujer en julio de 2017 en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar (Almería). Según la sentencia, recogida por Europa Press, «el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos , interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza». La Sala de lo Penal rechaza la absolución planteada por Mina, que alegaba que actuó bajo un error vencible acerca del consentimiento de la mujer. De esta forma, los magistrados desestiman los motivos del recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirmó la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería, pero rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización por el daño moral causado a la víctima.

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Una quincena de inmigrantes logra alcanzar la costa de Almería a bordo de dos pateras

Almería, 23 sep (EFE).- Una quincena de inmigrantes ha alcanzado este miércoles la costa de la provincia de Almería a bordo de dos pateras diferentes, una de las cuales llegó de madrugada a la capital con diez ocupantes, mientras que los integrantes de la segunda abandonaron la zona tras desembarcar en El Ejido. Un portavoz del servicio de emergencias 112 de Andalucía ha informado a EFE de que el primer aviso se recibió durante la madrugada ante la llegada de una embarcación a la playa del Bobar, perteneciente a la barriada almeriense de La Cañada de San Urbano, a la altura de la desaladora. En este punto, efectivos de Cruz Roja prestaron asistencia a diez hombres de origen magrebí, entre los que se encontraban dos menores no acompañados. Tres de los afectados precisaron atención por diversas patologías de carácter leve. Posteriormente, a las 10:03 horas, el centro coordinador recibió una nueva alerta ciudadana informando de un segundo desembarco entre el núcleo ejidense de Guardias Viejas y el municipio de Balanegra, concretamente en la zona del búnker, junto al varadero. En los avisos señalaron que en esta embarcación de tipo rígida viajaba un grupo pequeño de unas cuatro o cinco personas y que había quedado varada en la arena de la playa. No obstante, los testigos indicaron a los servicios de emergencia que varias de estas personas se habían marchado del lugar tras tocar tierra, por lo que la Guardia Civil, que asumió el operativo en la zona, no ha cerrado por el momento el número definitivo de ocupantes localizados o atendidos. EFE mma/bfv/mcm

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Imputado por cortar suministros a una anciana en proceso de embargo en Roquetas (Almería)

Un juez de Roquetas de Mar (Almería) ha abierto diligencias de investigación por un presunto delito de coacciones a un hombre que ordenó que se cortara la luz y el agua a una mujer de 88 años afectada por un proceso de embargo ante el impago de la hipoteca de la vivienda en la que reside y que el investigado adquirió a través de una subasta. El titular de la Plaza 5 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Roquetas de Mar, Claudio García Vilades, ha advertido de que los propietarios de algunas viviendas están realizando una "errónea interpretación" de una reciente sentencia del Tribunal Supremo que les lleva a "confudir" a inquilinos que están en fase de embargo de sus casas con "okupas ilegales" así como a tomar "acciones coactivas" contra ellos. A raíz de este caso, el juez llama en un comunicado difundido por el TSJA a diferenciar entre un okupa y "una anciana que ha perdido la titularidad de una vivienda que era suya por no haber podido hacer frente a su hipoteca --que llevaba abonando 25 años-- y se encuentra pendiente de lanzamiento". "La mujer no es una ocupante ilegal, sino la propietaria de una vivienda que, ante una adversa situación económica, ha perdido la titularidad de la misma, estando pendiente de lanzamiento por orden judicial", aclara el juez, para quien es "evidente" que la afectada tiene la obligación de abandonar el inmueble, aunque eso "no habilita al ahora investigado para actuar de forma unilateral mediante medidas coactivas y no amparadas, en ningún caso, por nuestro ordenamiento". Avisa el juez de que la errónea interpretación de la sentencia emitida por el Supremo "está derivando en algunos casos en la comisión de delitos de coacciones que pueden conllevar la condena del dueño de la vivienda". La sentencia en la que se ampara el propietario de la vivienda imputado ahora por coacciones es la número 426/2026, dictada por el pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo el 24 de junio, que abre la vía a los cortes de luz y agua como método al alcance de los propietarios para facilitar el abandono de los inmuebles de inquilinos morosos. Sin embargo, la resolución del Supremo "insiste en diferenciar claramente al inquilino que no puede abonar el alquiler por circunstancias concretas, o a la persona embargada que ha de abandonar su casa por no poder hacer frente a la hipoteca, del 'okupa' que entra por la fuerza en una propiedad ajena sin ningún tipo de derecho ni deber sobre la misma". "No es equiparable que la acción se desarrolle sobre un sujeto pasivo que goza de un legítimo, al menos, aparente o en disputa, título de acceso y disfrute de la posesión del bien, que cuando se despliega el acto sobre quien, sin ostentar derecho ni título alguno que le ampare (por ejemplo, porque ha usurpado el bien), pretende un aprovechamiento de un bien ajeno", según reproduce a partir del fallo emitido por los magistrados del alto tribunal. ¿QUÉ ES UN OKUPA? En su auto sobre este caso en concreto, el juez sostiene que el problema surge "cuando la opinión pública (y la generalidad de la población) utiliza términos omnicomprensivos y jurídicamente desconocidos como 'okupa' para referirse a cualquier individuo que está en posesión de un inmueble contra la voluntad de su titular". Con ello, insiste en que "no es lo mismo quien accede a una vivienda ajena, cambiando a la fuerza su cerradura y sin ninguna relación con ella, que el inquilino que deja de pagar la renta y se ve sometido a un proceso de desahucio". El juez señala así que, en este caso concreto, la vivienda en cuestión fue subastada y adquirida por un nuevo propietario que, sin esperar a que se produjera el lanzamiento y ejecución del embargo por parte del juzgado correspondiente, pidió de las compañías de luz y agua la interrupción del suministro. El corte de suministros se materializó "a pesar de que la anterior propietaria venía cumpliendo con los pagos de ambos servicios y pretendía seguir haciéndolo mientras culminaba el proceso judicial". La situación dio lugar a que "en pleno mes de agosto, con temperaturas de calor extremo, la mujer que vivía sola en su casa, se vio obligada a ser acogida temporalmente por una de sus hijas". La actuación del nuevo propietario le ha supuesto la apertura de unas diligencias en las que podría ser juzgado por la presunta comisión de un delito de coacciones. En el marco de este proceso, el juez de la plaza número 5 de Roquetas dictó una medida cautelar por la que ordenó la restitución de los servicios interrumpidos de luz y agua, que, además, la denunciante pretende seguir abonando. Tras este auto, la respuesta del propietario no se hizo esperar: a los pocos días él mismo se encargó de que las dos empresas suministradoras restituyeran los servicios.

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Lobete se opera del cruzado y se pierde la temporada

Málaga, 23 sep (EFE).- El delantero del Málaga Julen Lobete ha sido operado este miércoles de la rotura del ligamento cruzado anterior y el menisco externo de la rodilla derecha, lo que le mantendrá de baja durante toda la temporada, informó el club malagueño. Lobete se lesionó en un entrenamiento el pasado 3 de septiembre, hasta cuando estuvo entre los convocados en los partidos contra el Atlético de Madrid (2-0), Deportivo de La Coruña (1-1) y Real Madrid (4-0). El Málaga podrá realizar, según la reglamentación, un fichaje de un jugador que esté sin ficha en la actualidad para sustituir a Julen Lobete, ya que su lesión sobrepasa los cinco meses de inactividad. El club malaguista está sopesando la contratación de un refuerzo y estudiando todos los ofrecimientos recibidos, aunque por el momento no se ha decidido e incluso cabría la posibilidad de que espere hasta el próximo mercado de fichajes de enero. Julen Lobete se une a las bajas del centrocampista Aaron Ochoa, también operado de la rotura del menisco derecho; y el defensa Diego Murillo, en periodo de recuperación de una lesión de rodilla producida en el último encuentro de la pasada temporada ante el Almería. EFE jrl/cb/og

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El Córdoba CF busca al mejor Diarra: del volante ofensivo al escudero que ya brilló en El Arcángel

Era una incorporación de rendimiento inmediato. Así lo avaló, en las dos primeras citas de Liga , aunque el avance de las jornadas -y las turbulencias que han ido acompañándolas- han limado ese impacto. Porque a todas luces, el inicio del segundo capítulo de Youssouf Diarra en el Córdoba CF está siendo algo más agitado de lo deseado. Un puñado de actuaciones algo erráticas (como ante Sabadell y Almería) lo refrendan, la desconexión que propició la diana local en Albacete, casi que también, aunque precisamente la cita en el Carlos Belmonte -pese al mal arranque-, presenta ahora una lectura positiva en esa lucha por recuperar cierta regularidad por parte del mediocampista: su transformación tras la segunda mitad, pasando a un rol algo menos ofensivo, pero más implicado . Y es que la andanada de permutas introducida por Iván Ania en el entretiempo ante el cuadro manchego modificó la fotografía. Primero, con Adnane Ghailan, en gran parte el precursor de ese cambio, pasando a banda, para posteriormente ubicar al hispano-marroquí en el enganche y, con ello, recuperar el sistema con mediapunta al que tantas ocasiones le ha sacado punta el propio preparador ovetense. Es más, el pasado curso era su dibujo habitual, con Jacobo González en esa parcela, aunque en el presente, tras la irrupción de Eder García y el regreso del «22» , el esquema había virado hacia un 4-3-3 de una naturaleza algo más marcada, con matices. Esos detalles, precisamente, se encuentran en buena medida dentro del rol del propio mediocentro de Bamako , que con la entrada de Ghailan a escena pasó a formar doble pivote con Isma Ruiz . Y ahí, recuperando un rol en el que también despuntó años atrás, como cuando actuaba como escudero de Kike Márquez o Kuki Zalazar , respectivamente, podría encontrarse parte de la solución para dos cuestiones concretas: dar con el encaje del propio Adnane y, además, recuperar la mejor versión del maliense . Muy volcado a la ofensiva Porque si algo caracteriza al mediocampista, cedido este curso por parte del Cádiz, aunque con opción de compra incluida en la operación, es su capacidad para abarcar terreno . Potente en lo físico, pero con ese punto de picardía en ataque necesario para desequilibrar, hasta la fecha había explotado más la segunda faceta que la primera. Ubicado en un rol difuminado de volante ofensivo, su incidencia en términos de contención o similares -algo en lo que tiempo atrás también destacaba- se había limitado de forma importante. Todo, sin tampoco brillar en área rival, pese a que su firma tuviera la primera diana del curso, en Burgos. « No hemos encontrado ese perfil », reconocía, de hecho, Ania en el pasado tras la primera campaña en LaLiga Hypermotion sin el futbolista, que hizo las maletas hacia el Tenerife una vez consumado el regreso al fútbol profesional con los blanquiverdes en 2024. Una pieza muy dinámica que servía tanto para atacar los famosos « intervalos y espacios », pero también a la hora de cubrir campo y aportar en ambas fases del juego. Destacando por la segunda de esa cualidades cerró el pasado cruce con los albaceteños, el de la segunda victoria de la temporada -primera a domicilio- y en el que por primera vez, o al menos con una muestra de minutos algo más representativa, recuperó aquel rol. E incluso, por momentos, también llegó a recordar a aquella versión en Primera Federación … Se entiende, por tanto, que el acople de Ghailan a la ecuación inicial, en la que se ha abierto paso a golpe de brillar en sus escasas oportunidades, también podría derivar, o complementarse, con la vuelta de Diarra a una labor con la que ya logró consagrarse en El Arcángel . Y en la que tampoco renunciaba precisamente a explotar su capacidad ofensiva.

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Un calendario de alta exigencia para el Mallorca

Llega la hora de la verdad para el Mallorca. Mientras la Primera División afronta un parón de tres semanas , en la Segunda categoría se mantiene la actividad y presenta al conjunto bermellón un calendario de alta exigencia . Cinco partidos para definir un futuro que, por el momento, lleva bien encaminado con su buen rendimiento defensivo y la virtud de sacar sus partidos adelante pese a no ofrecer un juego brillante. Almería, Girona, Las Palmas, Eibar y Leganés serán los próximos rivales de un Mallorca que examina en las cinco próximas jornadas su capacidad como aspirante al ascenso . Una posibilidad que no debería tener discusión si se tiene en cuenta que es la tercera plantilla de la Liga Hypermotion en cuanto a valor . Pero en el fútbol, y especialmente en la Segunda División , la teoría está peleada con la práctica y solo los resultados ponen a cada equipo en su sitio. Si Almería o Girona apuntaban como claros candidatos a pelear por el ascenso en el cierre del mercado de fichajes, Eibar y Leganés se han sumado con sus actuaciones en estas primeras jornadas a un ‘carro’ que en la Hypermotion suele ir bastante lleno hasta el tramo final. Los próximos 5 partidos de Liga Jornada  7.......... Mallorca-Almería - domingo 27 de septiembre, 16:15 horas Jornada 8........... Girona-Mallorca - domingo 4 de octubre, 21:00 horas Jornada 9........... Mallorca-Las Palmas - domingo 11 de octubre, 18:30 horas Jornada 10......... Eibar-Mallorca - sábado 17 de octubre, 16:15 horas Jornada 11......... Leganés-Mallorca - primer fin de semana de noviembre El Almería será el primer test importante del Mallorca en este ‘Tourmalet’ que debe afrontar el once de Luis García , en el que además no podrá contar en varios partidos con un hombre de la importancia de Valjent . Los andaluces empezaron dubitativos, con una victoria en casa y dos derrotas fuera, pero después han encadenado tres triunfos que les han situado justo por detrás del Mallorca. La ventaja para los bermellones es que el partido es en Son Moix (domingo 27, 16:15 horas) , donde han ganado los tres partidos. Como dificultad, frenar el potencial ofensivo de los almerienses, que no tendrá a Cipenga y Dzodic al haberse ido con sus selecciones. Girona será otro examen para el Mallorca. Será el domingo 4 de octubre (21:00) , duelo para el que los catalanes habrán tenido casi dos días más de descanso. El arranque de los rojiblancos ha sido irregular, principalmente por los cambios en la plantilla en los últimos días de mercado, pero aun así han sumado tres triunfos y un empate que les tienen en plazas de play-off y mostrando además mejoría en su juego. A priori, un duelo entre gallitos —dos descendidos— que puede suponer más a nivel moral que de clasificación. Una semana después, domingo 11 (18:30) , la visita de Las Palmas volverá a poner a prueba al Mallorca, sobre todo para afrontar tranquilo los dos siguientes envites. El conjunto canario también ha iniciado con ciertas dudas el campeonato, pero sus dos victorias iniciales y el triunfo en Cádiz han relativizado el tropezón en casa ante el Burgos. Antes de Son Moix tendrá una complicada visita a Eibar y recibirá en su campo al Valladolid. Dos seguidos como visitante El Mallorca jugará sus siguientes dos compromisos como visitante. El Eibar es el equipo revelación de la Liga hasta la fecha. Cinco victorias consecutivas le han puesto segundo en la tabla, a rebufo de un Castellón que es líder invicto , y puede recibir al Mallorca ( sábado 17 de octubre, 16:15 ) con la moral por las nubes si supera la visita de Las Palmas y es capaz de arañar algo en las dos salidas que tiene, ante Albacete y Oviedo. El Leganés , en la jornada 11 —ya el primer fin de semana de noviembre—, será la última gran prueba en este primer cuarto de campeonato. Los madrileños sorprendieron en agosto con varios fichajes, entre ellos el del internacional Morata , y han conformado un bloque que, salvo en Tenerife, está mostrándose más que serio. Además, el partido contará con el añadido de la presencia del exbermellón Dani Rodríguez en los pepineros. Pero más allá de los rivales, este tramo servirá al Mallorca para despejar las sombras que han generado sus actuaciones en estos seis primeros encuentros de Liga . El equipo no encaja ( solo dos goles en contra, como el líder Castellón ) y está sacando adelante partidos en los que no es superior al rival, pero está mostrando lentitud en su juego y cierta escasez de recursos ofensivos. Por ahora, Fuentes y el balón parado le han permitido sumar 13 puntos y ser tercero . Las próximas cinco jornadas marcarán su nivel.

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