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El PSOE acusa a Feijóo de "cinismo" e "irresponsabilidad sin límites" por cuestionar el censo tras la 'ley de nietos'

El portavoz del Grupo Socialista en el Congreso, Patxi López, ha achacado este martes al líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, un "cinismo" y una "irresponsabilidad sin límites" por "poner en cuestión" el sistema electoral español a cuenta de la conocida como 'ley de nietos'. En una rueda de prensa en el Congreso, López ha descalificado, por "estrambótico" el auto del Tribunal Supremo por el que se suspende cautelarmente el derecho a voto de los nacionalizados en aplicación de la Ley de Memoria Democrática que no demuestren sus vínculos con el exilio republicano. A su juicio, es una "barbaridad" quitar a quien ha obtenido la nacionalidad un derecho "inherente" a la misma como el "sagrado" derecho de sufragio. Y a continuación, ha acusado a Feijóo de practicar una "irresponsabilidad política de dimensiones históricas" por cuestionar" desde el "trumpismo puro y duro" el sistema electoral español, al que se ha referido como "la joya de la corona" y que ha definido como uno de los que gozan de "más garantías, limpieza y escrupulosidad democrática". EL VOTO EXTERIOR FAVORECIÓ AL PP EN 2023 "Ponerlo en cuestión es una barbaridad absoluta y lo hace desde un cinismo sin límites", ha dicho, recordando que su etapa de presidente de la Xunta de Galicia, el ahora líder del PP viajó a Argentina para prometer que daría la nacionalidad, "por supuesto con derecho a voto" a los descendientes de emigrantes españoles. "Alguien tan irresponsable no debiera gobernar este país", ha rematado López, antes de recordar que los primeros nacionalizados por la llamada 'ley de nietos' ya pudieron votar en las elecciones generales del PP que ganó el PP, también en el voto exterior. "Pero ahora, por competir por Vox, cambia de posición y lo pone todo en cuestión, incluido el propio sistema democrático", se ha lamentado.

InfobaeInfobaeNewsroom Infobae15 sept
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El Gobierno pide a los jueces valentía para reconocer la parcialidad de algunos compañeros

Madrid, 15 sep (EFE).- El ministro de Transportes, Óscar Puente, ha insistido este martes en que decisiones judiciales como el auto del Supremo sobre la 'ley de nietos' ponen en cuestión la imparcialidad del Poder Judicial y ha pedido a los jueces que tengan valentía para reconocerlo y no aumentar "su propio desprestigio". En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, Puente ha respondido a la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), que ha lamentado en un comunicado las críticas de varios ministros al Supremo por haber suspendido las altas en el censo electoral de extranjeros nacionalizados al amparo de la 'ley de nietos' y ha acusado al Gobierno de buscar deslegitimar a los jueces. Para Puente, ese comunicado es "una muestra de corporativismo que prescinde de la realidad" y que "aboca al Poder Judicial a cavar más aún en su propio desprestigio". En su opinión, los jueces comentarán un "grave error" si se limitan a criticar a los políticos y "se tapan los ojos y no se dan cuenta de que quien está poniendo en cuestión la propia imparcialidad del poder judicial son algunos jueces". En ese contexto, ha instado a la AJFV a opinar también sobre Antonio Narváez, ponente del auto del Supremo y exmagistrado del Constitucional, quien, en la primavera de 2023, según publicó El País, en una reunión de Alberto Núñez Feijóo con fiscales de corte conservador mostró su deseo de que el presidente del PP llegase al Gobierno. En opinión de Puente, debería explicar la asociación si las palabras de Narváez "garantizan la apariencia de imparcialidad que debe observar" un juez y también qué opina de que miembros del Tribunal Supremo que forman parte de la Junta Electoral Central hayan tachado su auto de "despropósito jurídico". Sentada a su lado, la portavoz del Gobierno, Elma Saiz, ha respaldado al ministro y ha abogado por mantener "la necesaria imparcialidad, la independencia del Poder Judicial y la confianza en que la justicia haga justicia". Por su parte, el ministro de Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ha reproducido frases del líder del PP apoyando hace pocos años la nacionalidad para todos los nietos de españoles emigrantes y ha criticado su "metamorfosis". Torres ha confiado en que el Supremo entre en el fondo del asunto y diga claramente que todos los españoles tienen los mismos derechos, también al voto. Según las cifras que ha aportado, al amparo de la ley de memoria democrática y de su disposición conocida como la 'ley de nietos', por el momento se han aprobado 571.000 expedientes y 333.600 han sido inscritos ya como españoles en oficinas consulares. "La pregunta es ¿quién sabe lo que van a votar? Son españoles acorde a una ley y por tanto, quien dice que se adultera el censo porque estas personas pueden votar también habría que ver si no se adultera el censo si siendo españoles se les impide votar", ha señalado. EFE (Foto) (Vídeo)

InfobaeInfobaeNewsroom Infobae15 sept

Llarena rechaza aplicar la amnistía a Puigdemont por la malversación del 1-O

El Tribunal Supremo ha rechazado la petición del expresidente catalán y líder de Junts, Carles Puigdemont, para que le aplique la Ley de Amnistía después de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que avaló la medida de gracia. Según un auto, recogido por Europa Press, el magistrado instructor del 'procés', Pablo Llarena, tampoco acepta levantar la orden nacional de detención contra Puigdemont, procesado por presunta malversación en el proceso independentista catalán. Llarena recuerda que denegó en julio de 2024, a raíz de la entrada en vigor de la amnistía al 'procés', perdonar el delito de malversación al considerar que quedaba excluida de la misma por dos razones: «La apreciación de un propósito de obtener... Ver Más

ABCABC(abc)15 sept

El Tribunal Superior de Navarra condena a 7 años de prisión a un hombre que intentó violar a su expareja en Pamplona

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rebajado de 12 a 8 años la pena total de prisión impuesta a un hombre que intentó violar a su expareja, a la que tenía además prohibido acercarse y comunicarse en virtud de una sentencia firme anterior por delitos de violencia de género. El pasado junio, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial valoró los antecedentes penales del procesado, la violencia previa y estado de intoxicación de la víctima para justificar la pena de 11 años de prisión -muy cercana al límite máximo, puesto que la horquilla va de 6 a 12 años- por el delito de agresión sexual con violencia y acceso carnal en grado de tentativa. En su sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN estima parcialmente el recurso de la defensa y rebaja de 11 años a 7 de prisión la pena impuesta por el citado delito, mientras que mantiene el año de prisión fijado por el delito de quebrantamiento de condena. Concluye que el peligro y el grado de ejecución justifican reducir la pena en un grado, pero no en dos, como reclamaba el recurrente. Al respecto, la Sala considera que no está "debidamente justificada" por parte del tribunal sentenciador la superación del umbral mínimo punitivo, desde los 6 años de prisión hasta los 11. Asimismo, el Tribunal ha ratificado el resto de las medidas impuestas por la Audiencia. Así, el condenado no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 16 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 4 años y 6 meses. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la mujer con 20.000 euros por el daño moral ocasionado. Según han informado desde el TSJN, en agosto de 2024, el encausado fue condenado por un delito continuado de vejaciones y otro de lesiones en el ámbito de la violencia de género agravado mediante quebrantamiento. Las prohibiciones de acercamiento y comunicación estaban vigentes hasta el 28 de noviembre de 2027. A pesar de ello, el 25 de junio de 2025 "contactó con ella y acudió a su domicilio, en Pamplona, en donde pernoctó". Al día siguiente, según recoge la sentencia, "trató de violarla", una agresión que "no llegó a consumar debido a la resistencia de la víctima y a sus esfuerzos por zafarse de su agresor". Al domicilio acudieron agentes de la Policía Municipal de Pamplona, que "habían sido alertados por los vecinos ante los gritos de la denunciante". Examinada por el médico forense, la mujer presentaba lesiones tanto ginecológicas como otras "compatibles con un mecanismo de agarre". La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra fue recurrida por la defensa, que reclamó al TSJN una reducción en dos grados de la condena por el delito de agresión sexual por tratarse de una "tentativa inacabada". El Tribunal Superior, que rebaja la pena en un grado desde los 11 años a los 7, explica que "no siempre que la tentativa sea inacabada debe imponerse la pena inferior en dos grados, pues puede perfectamente suceder que la tentativa sea inacabada pero el grado de ejecución sea avanzado y el peligro ocasionado sea especialmente relevante, en cuyo caso lo razonable es reducir la pena en un solo grado". "PELIGRO MUY PRÓXIMO A LA CONSUMACIÓN" La sentencia de instancia, añade la Sala, "razona con corrección que cuantos más actos ejecutivos se hayan realizado, más cerca se ha estado de la consumación del delito y, en consecuencia, el peligro de lesión es mayor y la lesividad de la conducta también". "El peligro de que el bien jurídico atacado alcanzase su consumación se revela como real e inminente. Poco más le quedaba al procesado por hacer para lograr su propósito. El peligro inherente al intento fue ciertamente relevante y muy próximo a la consumación. Por lo tanto, por su grado de desarrollo y por el peligro causado, la reducción de pena en un grado es conforme a derecho. El desvalor de su acción no resulta merecedor de una rebaja, tan importante, de dos grados", matiza el Tribunal.

InfobaeInfobaeNewsroom Infobae15 sept
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El Parlamento de Hungría elige 5 nuevos miembros independientes de la Corte Constitucional

Budapest, 15 sep (EFE).- El Parlamento de Budapest eligió este martes a cinco nuevos miembros del Tribunal Constitucional (TC), un órgano controlado hasta ahora por personas leales al anterior primer ministro, el ultranacionalista Viktor Orbán, que gobernó entre 2010 hasta mayo pasado. Los nuevos miembros, considerados independientes por analistas locales, fueron elegidos por un período de nueve años gracias a la mayoría de dos tercios del gobernante partido conservador Tisza, sin que la formación de Orbán, el Fidesz, participara en la votación. El Fidesz abandonó la sala antes de la votación secreta afirmando que todo el proceso de elección de nuevos jueces para el Constitucional es "autoritario", mientras que los diputados de extrema derecha de Nuestra Patria votaron en contra de todos los candidatos. Los nuevos miembros son todos juristas que trabajaban en universidades o en el Tribunal Supremo (Kúria). Uno de ellos, Miklós Ligeti, fue hasta ahora el director jurídico de la ONG Transparencia Internacional de Hungría. Según dijo el analista Gábor Horn, del instituto Republikon, al portal de noticias Nepszava, la mera candidatura de Ligeti significa que el Constitucional de Hungría recuperará su independencia. "Ligeti es un personaje de la vida pública conocido, implacable e incorruptible", destacó Horn, mientras que el portal añade que los otros cuatro candidatos también son independientes. En la década y media anterior, el Constitucional de Hungría, con sus 15 jueces, estaba formado por magistrados leales a Orbán, elegidos por períodos de 9 o 12 años. Tras una reciente reforma promovida por el ejecutivo del nuevo primer ministro, Péter Magyar, cinco miembros mayores de 70 años tuvieron que abandonar su cargo, entre ellos, el presidente, Péter Polt. En los próximos dos años otros cinco miembros cumplirán los 70 años de edad, por lo que ellos también dejarán de formar parte del TC en 2028, quedando así en la alta corte solo cinco magistrados leales a Orbán. La elección de los cinco nuevos miembros del Constitucional se inscribe en una serie de reformas y legislaciones promovidas para desmantelar lo que Magyar califica como 'sistema Orbán'. Eso incluye enmiendas al sistema judicial, una futura nueva ley de prensa, así como una nueva Constitución que se redactará consultando la población y diferentes sectores sociales. Orbán fue eliminando paso a paso el Estado de Derecho y el sistema democrático de frenos y contrapesos en Hungría, lo que generó múltiples roces con sus socios comunitarios y con la Comisión Europea. Magyar ganó las elecciones de abril con la promesa de desmantelar el 'sistema Orbán' para volver a las prácticas del Estado de Derecho democrático de la Unión Europea (UE). EFE

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El PP ve "gravísimo" que se permita que ministros llamen a jueces "lobos solitarios", "como si fueran terroristas"

La portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Ester Muñoz, ha afirmado este martes que es "gravísimo" que se permita que se llame a jueces "lobos solitarios", "como si fueran terroristas" o "yihadistas" cuando, según ha dicho, se dedican a hacer su trabajo. Así se ha pronunciado un día después de que el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, calificara de "salvajada" la suspensión de la llamada 'ley de nietos' por el Tribunal Supremo y hablara de "jueces que son salvapatrias". Es más, dijo que hay "lobos solitarios" que están en "derrocar" al Gobierno de Pedro Sánchez. En una entrevista en 'Telemadrid', que ha recogido Europa Press, Muñoz ha asegurado que el Ejecutivo "ha entrado en una dinámica en la que todos los jueces que investigan al PSOE o a su entorno son prevaricadores". La dirigente del PP ha señalado en la Justicia "funciona" y "actúa" porque "quien la ha hecho, la ha pagado". Así, ha recalcado que "ha habido gente de todo tipo y condición que ha acabado condenado si ha cometido actitudes ilícitas". "Por tanto es gravísimo lo que está haciendo el Gobierno de España, permitir que haya ministros llamando lobos solitarios como si fueran terroristas a jueces única y exclusivamente por hacer su trabajo, vulnerando el principio de legalidad y el derecho constitucional que lo que establece es que son los jueces quien determinan lo que es legal y lo que no es legal", ha enfatizado. GARANTIZA QUE "ESTO NO VA A PASAR" CON FEIJÓO Muñoz ha subrayado que "es tan grave" lo que están viendo que por eso "se hace tan necesario" que haya elecciones en España. En este punto, ha pedido a Pedro Sánchez que le dé la voz a los españoles cuanto antes porque esto es "una irresponsabilidad absoluta que está polarizando a toda la sociedad". Finalmente, ha garantizado que si Alberto Núñez Feijóo llega al Palacio de la Moncloa "esto no va a pasar" y no va a tener ministros "llamando lobos solitarios, como si fueran terroristas o yihadistas, a jueces".

InfobaeInfobaeNewsroom Infobae15 sept

El Supremo anula la sanción a un guardia civil que pidió el voto para Vox

El Tribunal Militar Central deberá volver a emitir sentencia ya que el Supremo censura que la sentencia que ratificaba la sanción no incluyó valoración sobre las declaraciones de los testigos de descargo, entre ellos un hermano que aseguró que era él el autor de una entrevista Un tribunal suspende un mes al guardia civil que pidió el voto para Vox: “El Gobierno es cómplice de pederastas” El Tribunal Supremo ha anulado la sanción de un mes sin empleo y sueldo interpuesta a un guardia civil de la provincia de Ávila que apoyó a la formación de extrema derecha en una entrevista tras un acto de la campaña electoral autonómica de 2022 en Castilla y León y que, además, hizo diversas publicaciones en Twitter a favor del partido de Santiago Abascal. La sanción, calificad de muy grave, fue ratificada por el Tribunal Militar Central, pero ahora el Supremo la censura por falta de motivación. Los hechos se remontan al año 2022, en plena campaña electoral que supuso la entrada por vez primera de la ultraderecha en un gobierno autonómico de coalición, cuando Vox realizó un mitin en la localidad abulense en la Plaza de la Constitución de Arévalo, protagonizado por Iván Espinosa de los Monteros, hoy ya fuera de Vox. Allí tuvo lugar una entrevista grabada por el canal EDATV de Javier Negre en la que el guardia civil alabó al partido político de forma expresa y se identificaba como víctima del terrorismo. “Vox es el que está consiguiendo romper esa cadena y ese silencio, porque el Partido Popular está acojonado, por no decir de una forma más suave, están acojonados... a quedarse calladitos”, aseguró realizando también críticas al PSOE, “Hace unos días se han juntado los del Partido Socialista de Euskadi con los de Bildu y lo puse en mi Twitter. Digo, la reunión de la cumbre del GAL con ETA, es que tiene cojones”. El Teniente Coronel Jefe de la Comandancia de Ávila recibe información a través de mensajes de WhatsApp sobre la intervención y abre un expediente informativo. Los guardias civiles tienen prohibido por su régimen “el desarrollo de actividades políticas o sindicales, así como ”organizar o participar activamente en reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical“. Del video se pasó a identificar la cuenta de Twitter (hoy X) y Facebook del agente en la que se realizaba expresiones como ”El Gobierno es cómplice de pederastas. Pásalo“, retuiteos a cuentas de Vox y comentarios de apoyo explícito a las candidaturas de Vox a las Cortes de Castilla y León. Su actividad en las redes sociales, donde en algún mensaje sí se identificaba como guardia civil, llevó a varios medios de comunicación a identificarle y revelar que un agente del cuerpo realizaba manifestaciones políticas contrarias a su régimen disciplinario, algo que el Tribunal Militar Central consideró de relevancia por su identificación. En julio del 2022 la Dirección General de la Guardia Civil impuso al agente una sanción de un mes de suspensión de empleo como autor de una falta muy grave por no cumplir su deber de neutralidad política. El Tribunal Militar Central ratificó en noviembre del 2025 la sanción al considerar que “No se está limitando a mostrar en calidad de víctima honorífica del terrorismo, el disgusto o la desafección, o el cansancio, o el desacuerdo o la decepción con determinadas políticas en esta materia, sino que explícitamente se está decantando por una opción política, la cual es Vox, y lo está haciendo tras un mitin de esta formación y en plena campaña electoral”. Pero ahora el Supremo anula la sentencia del Tribunal Militar Central y ordena retrotraer las actuaciones para que el tribunal dicte una nueva sentencia valorando de forma explícita toda la prueba de descargo, ya que consideran en la sentencia condenatoria sin esa valoración vulnera los derechos del condenado y no pueden suplirse con jurisprudencia. Entre los testigos figuraba un hermano del agente que aseguró en sede judicial que el autor de la entrevista era él y no su hermano y la periodista que realizó la entrevista. El alto tribunal matiza, sin embargo, que “el reproche hemos de ceñirlo a la sentencia objeto de impugnación y no extenderlo a las resoluciones disciplinarias que en dicho recurso se revisaban”. Según el criterio del Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Militar Central que ratificaba la sanción debe valorar expresamente el rechazo, o aceptación en su caso, de todas las pruebas que han llevado a condenar al guardia civil, ya que existe “el derecho del recurrente a conocer las razones por las que el Tribunal de instancia no toma en consideración las pruebas en las que ha basado su defensa en el recurso contencioso-disciplinario”.

elDiario.eselDiario.esAntonio Vega15 sept

Presidente canario confía en separación de poderes y cree que la decisión del TS sobre 'ley de nietos' busca seguridad

El presidente de Canarias, Fernando Clavijo, ha confiado este martes en la separación de poderes en cuanto a la decisión del Tribunal Supremo (TS) de suspender de forma cautelar el censo de votantes del exterior (CERA) a los nacionalizados --o en proceso-- a través de la denominada 'ley de nietos', considerando que lo que busca es la "seguridad jurídica". "Yo primero creo en la separación de poderes, por lo tanto, la decisión del Supremo, que es el más alto tribunal, supongo que está bien analizada, que no tiene sesgo político y lo que busca es la seguridad jurídica, tanto para aquellos que tienen el derecho para votar como para los que a lo mejor no lo tienen o no lo pueden acreditar", ha apuntillado durante una entrevista en Las Mañanas de Radio Nacional, recogida por Europa Press. Sin embargo, Clavijo ha admitido que la Ley de Memoria Democrática le parece "positiva" porque todos los que, en un momento determinado, tuvieron que dejar el país por la represión franquista o por cualquier circunstancia ajena a su voluntad, puedan recuperarla. Al respecto, indicó que en Canarias el "claro ejemplo" está en que hay "muchos nietos de canarios venezolanos que perdieron el nexo de unión y que es una oportunidad ahora para poder recuperar esa nacionalidad española". Por ello, ha considerado la "buena intención" de la norma, así como "algo lógico" que apoya, si bien ha matizado que entiende que con la decisión del Supremo "no se priva" del derecho al voto porque "no tenían ese derecho antes, sino que simplemente se tendrá que acreditar, con todas las cautelas jurídicas, y desde luego con todas las garantías para evitar efectivamente que haya gente que no tenga por qué tener el derecho". En este sentido, ha afirmado que el Supremo "lo que ha buscado es la instrucción", que señaló "es lo que ha puesto en tela de juicio esto", porque tenga "más garantías". "Por lo tanto, yo no entiendo que se le quite el voto a nadie sino decir, oye, para poder acreditarlo necesitamos tener más seguridad", ha concluido.

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CC avala la prudencia del Supremo y la Junta Electoral para garantizar la seguridad del censo electoral

Coalición Canaria (CC) considera "acertado" el criterio de prudencia adoptado por el Tribunal Supremo y su ejecución por la Junta Electoral Central (JEC) de suspender la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) o los derechos de los ya inscritos, ante las dudas jurídicas sobre determinados efectos derivados de la Ley de Memoria Democrática. Para la formación nacionalista, cuando una interpretación administrativa puede alterar la composición del censo, corresponde asegurar primero que cada inscripción se ajusta a la ley y preservar la igualdad entre todos los electores. Los autos tienen carácter provisional y no anticipan la sentencia definitiva, expone en una nota, y tampoco retiran la nacionalidad española, invalidan pasaportes ni paralizan los expedientes de nacionalidad que siguen en tramitación. La cautela, prosigue, se limita al ámbito electoral y a los supuestos expresamente señalados, cuyos efectos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes pueden quedar suspendidos hasta que el Supremo resuelva el fondo del asunto. "No sería responsable permitir que una duda jurídica relevante produjera consecuencias electorales difíciles de reparar. La medida cautelar protege la limpieza del censo mientras los tribunales fijan una interpretación definitiva y aplicable por igual a todos", sostiene José Miguel Barragán, secretario de estrategia política y electoral del partido. En este sentido, subraya que este respaldo no cuestiona a la emigración canaria ni los derechos legítimos de sus descendientes. "Canarias mantiene una relación histórica y afectiva con su ciudadanía exterior, y esos vínculos merecen reconocimiento con plenas garantías y, precisamente, por respeto a la diáspora, cada caso debe examinarse de forma individual, sin sospechas generales ni ampliaciones automáticas de la suspensión a personas que accedieron a la nacionalidad por otras vías previstas en la ley", detalla. La decisión de la JEC aporta un marco común para que la Oficina del Censo Electoral y los consulados ejecuten los autos con criterios homogéneos. Además, permite que las circunstancias exigidas puedan acreditarse individualmente cuando corresponda. Coalición Canaria sí reclama que la aplicación sea "rápida, transparente y acompañada de información clara para cada persona afectada, con posibilidad efectiva de reclamación y sin demoras innecesarias". La formación nacionalista también considera necesario que la Oficina del Censo Electoral publique cuanto antes datos desglosados para las circunscripciones de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife. "Conocer el número real de expedientes revisados, suspendidos y finalmente confirmados evitará especulaciones y permitirá evaluar el impacto concreto en Canarias", adelantó Barragán. En esa línea insistió en que "hasta que exista una sentencia definitiva, la prudencia exige que el censo ofrezca las máximas garantías y que ninguna persona sea privada de sus derechos más allá de lo estrictamente ordenado por los tribunales".

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Asociación judicial denuncia las críticas del Gobierno que buscan deslegitimar a jueces

Madrid, 15 sep (EFE).- La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) ha lamentado este martes las críticas de miembros del Ejecutivo al Tribunal Supremo por haber suspendido las altas en el censo electoral de extranjeros nacionalizados al amparo de la 'ley de nietos' y ha acusado al Gobierno de buscar deslegitimar a los jueces. En un comunicado, la AJFV -segunda en número de jueces asociados- se muestra preocupada por el tono de las recientes declaraciones realizadas desde el poder ejecutivo y por representantes de las formaciones políticas que lo sustentan a propósito de la medida cautelar acordada por el Tribunal Supremo en relación con la 'ley de nietos'. En este sentido, recuerda las palabras de la presidenta del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, en la apertura del año judicial, quien señaló que no es admisible que la descalificación pública de los jueces se convierta en un instrumento de presión sobre el ejercicio de la jurisdicción. Y va de "extraordinaria gravedad" afirmar que jueces y tribunales toman decisiones por razones políticas y no jurídicas, porque supone cuestionar directamente su imparcialidad y puede llegar a implicar la atribución de una conducta delictiva. "La discrepancia con las resoluciones judiciales forma parte de una sociedad democrática. La deslegitimación de quienes las dictan, no", indica la AJFV. Además, esta asociación pide que el CGPJ "ejerza las funciones que tiene constitucionalmente encomendadas y se pronuncie en defensa de la independencia judicial y de los magistrados que integran nuestros tribunales, ante unas descalificaciones que trascienden la legítima crítica a una resolución concreta". EFE

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Última hora sobre la actualidad política, en directo

La Junta Electoral Central, dividida, acordó acatar la decisión del Tribunal Supremo sobre la 'ley de nietos' que limita de firna cautelar el derecho al voto de los descendientes de españoles represaliados del franquismo. La reunión se alargó varias horas, pero la votación decidió, por siete votos contra seis, no tratar de enmendar el embrollo jurídico generado. Te contamos todo sobre el encuentro del lunes aquí . Para el presidente del Gobierno, “no puede haber ciudadanos de primera y de segunda y representantes de tercera ”: “¿De verdad se puede suspender la ciudadanía, que es el derecho al voto, a 400.000 españoles?”. En su entrevista en El intermedio (laSexta), Pedro Sánchez fijó por primera vez un horizonte temporal para la resolución de la crisis de Ceuta: “final de año”. A partir de las 9.00 horas, preside la reunión de seguimiento del Gobierno sobre la situación en la ciudad autónoma. Y, por la tarde, habrá sesión de control al Ejecutivo en el Senado. Mientras, por otro lado, sigue la polémica en Oviedo después de que su alcalde, independiente por el PP, restase importancia a la agresión fascista que tuvo lugar el jueves durante las fiestas de San Mateo. El regidor no cree que “sean tan mala gente”. Hemos hablado con Rubén Rosón, víctima de la agresión : “Un alcalde no puede justificar la violencia como lo ha hecho, no está a la altura”.

elDiario.eselDiario.eselDiario.es15 sept

Nuevo revés del Supremo a Trump: el tribunal rechaza las maniobras para restringir al voto por correo en las legislativas

La decisión del Supremo mantiene, por ahora, el bloqueo a las maniobras de Trump mientras continúa el litigio sobre el fondo del asunto: la legalidad de la normativa impulsada por el presidente de EEUU El Tribunal Supremo ha rechazado este lunes el intento del presidente de EEUU, Donald Trump, de restringir el voto por correo para las elecciones de mitad de mandato. Con esta decisión, el tribunal, de mayoría conservadora de 6-3, pone fin a una serie de acciones legales que se cruzaban con los preparativos para la votación, que en muchos estados ya están en curso a 50 días de las elecciones. La decisión del Supremo mantiene, por ahora, el bloqueo a las maniobras de Trump mientras continúa el litigio sobre el fondo del asunto: la legalidad de la normativa impulsada por el presidente de EEUU. La decisión permite a los estados seguir enviando papeletas por correo bajo los mismos procedimientos que han utilizado durante años. Los magistrados Samuel Alito y Clarence Thomas han expresado su desacuerdo con la resolución. La Administración Trump había solicitado al tribunal, que se encuentra una vez más en el centro de la controversia política, que allanara el camino a sus restricciones antes de las elecciones de noviembre, que pueden acabar con el poder total del presidente de EEUU si los demócratas arrebatan a los republicanos el control del Congreso. El caso es clave, ya que casi un tercio del país vota por correo, informa AP. La mayoría del Tribunal Supremo no ha detallado sus razonamientos como es habitual en los casos que atiende de urgencia. Por su parte, Alito señaló en su voto disidente que el Servicio Postal “tiene una amplia autoridad para regular el correo” y que probablemente sí posee la facultad de aplicar las restricciones propuestas por Trump. El magistrado Brett Kavanaugh coincidió en que las restricciones no debían entrar en vigor para las elecciones de mitad de mandato, pero indicó que podría fallar a favor de Trump si la cuestión volvía a plantearse ante el tribunal. Las autoridades electorales afirmaron que simplemente no había forma de llevar a cabo una reestructuración completa en las semanas previas a los comicios. De hecho, Alabama, Carolina del Norte y Wisconsin comenzaron a enviar papeletas por correo a los votantes la semana pasada, cuando el nuevo sistema aún no estaba operativo, informa AP. El plan de Trump exigiría a los estados adoptar un formato de sobre uniforme y enviar las listas de votantes habilitados a un portal online. El Servicio Postal podría negarse a entregar las papeletas a aquellos estados que no cumplieran con estos requisitos. Sin embargo, un informe de un denunciante advirtió de que los requisitos del sistema postal podrían provocar que millones de papeletas nunca llegaran a enviarse, ya que el portal no estaba bien diseñado y un simple error en el código de barras podría resultar en el descarte de un lote entero de votos. Funcionarios estatales demócratas y grupos defensores del derecho al voto impugnaron las restricciones ante los tribunales, argumentando que el presidente carece de autoridad constitucional para establecer normas electorales que “prácticamente eliminarían el voto por correo en vísperas de una elección importante”. Los tribunales inferiores coincidieron con este argumento y bloquearon el plan de Trump, incluyendo una orden judicial preliminar emitida por un juez designado por el propio presidente. Sin embargo, la Administración Trump apeló ante el Supremo, argumentando que el control federal del Servicio Postal le permite establecer normas para la gestión del voto por correo y que el cumplimiento de dichas normas era posible. Trump se ha opuesto durante mucho tiempo al voto por correo y ha atribuido falsamente a este método su derrota electoral de 2020 frente al demócrata Joe Biden, a pesar de que él mismo suele utilizarlo para votar, incluso tan recientemente como este año.

elDiario.eselDiario.esAndrés Gil15 sept
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Supremo salvadoreño rechaza recurso contra condena por asesinato de periodistas holandeses

San Salvador, 14 sep (EFE).- La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador rechazó los recursos de casación que buscaban anular un fallo que condenó a 30 años de prisión a altos mandos militares por el asesinato de cuatro periodistas holandeses en 1982 en plena guerra civil, según la resolución dada a conocer este lunes. "Declárense inadmisibles los recursos de casación, (...) por no haberse desarrollado en ninguno de ellos una línea de argumentos orientada a controvertir los razonamientos decisivos que sustentan la decisión que confirmó el veredicto condenatorio de los justiciables", reza el fallo del 10 de septiembre al que EFE tuvo acceso. Los magistrados indicaron que "el primer recurso fue una copia íntegra de la solicitud de nulidad del veredicto, presentado por los mismos defensores, mientras que el segundo escrito impugnativo es una reproducción del primer recurso de casación, adoleciendo, por consecuencia, del mismo defecto". En abril pasado, un tribunal de apelaciones ratificó la condena de 30 años de prisión contra tres altos mandos militares retirados por el asesinato de los cuatro periodistas holandeses en plena guerra civil salvadoreña (1980-1992). Los militares en retiro -presentes Francisco Antonio Morán Reyes y José Guillermo García, y ausente Mario Adalberto Reyes Mena- fueron declarados culpables por un jurado en un proceso que utilizó la legislación de 1973, vigente cuando se dieron los asesinatos. En el momento del crimen, García era el ministro de Defensa del país; Morán era director de la ahora extinta Policía de Hacienda; y Reyes Mena comandaba la Cuarta Brigada de Infantería. Los militares, parte de la cúpula del Ejército que dirigió los primeros años del conflicto interno, fueron encontrados culpables el 3 de junio de 2025. Los periodistas holandeses se encontraban en El Salvador para realizar "un reportaje sobre la situación política militar del país, bajo el auspicio y encargo de la empresa de televisión del Reino de los Países Bajos (Holanda) de nombre IKON". Las víctimas fueron Koos Jacobus Andries Koster, Jan Cornelius Kuiper Jop, Hans Lodewijk ter Laag y Johannes Jan Willemsen, quienes fueron asesinados durante una emboscada. Esta sería la primera condena por un crimen de lesa humanidad cometido durante la guerra civil que es apelado y ratificado por una cámara, y que llega a la casación en la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia. EFE

InfobaeInfobaeNewsroom Infobae14 sept

Fractura en la Junta Electoral: del "despropósito" de la sentencia de la ley de nietos a evitar el pulso con el Supremo

El debate entre consejeros destapa las dudas sobre una suspensión del derecho al voto de 400.000 nacionalizados a los que no se ha permitido alegar La fórmula para dar la nacionalidad que cuestiona el Supremo en la ley de nietos se aplicó sin polémica en 2008 La Junta Electoral Central acordó dividida este lunes no ir al choque con el Tribunal Supremo tras su decisión de limitar de forma cautelar el derecho al voto de los descendientes de españoles represaliados del franquismo. El órgano se limitó a acatar la decisión del Supremo sobre la Ley de nietos, sin tratar de enmendar el embrollo jurídico generado, según informan elDiario.es varias fuentes conocedoras del contenido de esa reunión, que se alargó durante dos horas. El sector alineado con posiciones progresistas trató de dar la batalla para interponer un recurso contra la decisión que privará del ejercicio de ese derecho a miles de descendientes de españoles salvo que acrediten tras otro largo proceso burocrático que son familiares de exiliados. Pero su propuesta decayó por un ajustado resultado de siete votos a seis. En paralelo, el órgano electoral rechazó por ocho votos a cinco dar instrucciones concretas sobre cómo ejecutar la decisión del Supremo, un movimiento de parte de los vocales conservadores tras el que otros miembros del órgano ven un intento de “arreglar el desaguisado” generado. En relación con la impugnación ante el Supremo, a los magistrados y catedráticos de orientación conservadora se sumó en esta ocasión el presidente del órgano, Eduardo Calvo, un veterano magistrado del Supremo, que fue afiliado de la progresista Juezas y Jueces para la Democracia, y que aspira ahora a presidir la Sala del Alto Tribunal que la semana pasada falló sobre la ley de nietos. De acuerdo a las fuentes consultadas, Calvo expresó en sus intervenciones motivos a favor y en contra de recurrir y, finalmente, se decantó por la segunda opción. Impugnar esas resoluciones habría supuesto un conflicto institucional sin precedentes con el Supremo, tribunal al que pertenecen ocho de los miembros de la Junta Electoral, órgano al que llegan tras ser elegidos por sorteo. Los otros cinco miembros de la Junta Electoral son catedráticos elegidos por el Parlamento: dos a propuesta del PP, otros dos a iniciativa del PSOE y una de Sumar. Estos tres últimos secundaron la propuesta de recurrir los autos que alientan la teoría del supuesto pucherazo de Vox y han supuesto el freno de la ley de nietos. A ellos se sumaron los magistrados del Supremo Pilar Teso, Concepción Ureste y Javier Hernández, a los que habitualmente se sitúa en el espectro progresista de ese órgano judicial. Antes de la votación, fueron varios los consejeros que expresaron dudas jurídicas sobre lo que consideran un “salto en el vacío” del Supremo y sobre la indefensión en la que quedan los electores a quienes se les retira cautelarmente un derecho vinculado a su nacionalidad sin ofrecerles trámite de audiencia previa. De acuerdo a las fuentes consultadas, algunos de estos consejeros discrepantes con la decisión del Alto Tribunal calificaron de “despropósito” y “barbaridad” la decisión del Supremo y auguraron un “sinfín de litigiosidad” como consecuencia de la “inseguridad jurídica total” que ha generado en miles de personas a las que se les niega un derecho fundamental sin la posibilidad de presentar alegaciones. De hecho, alguno de los vocales apuntó que entre los afectados hay miles que ya pudieron votar en las autonómicas y generales de 2023. Sin embargo, algunos de estos mismos consejeros asumen que ese hipotético recurso “no tenía ninguna opción de prosperar” y podría añadir más ruido a una situación ya de por sí endemoniada. Por otro lado, los vocales discrepantes con la posibilidad de impugnar la decisión del Supremo consideraron que la vía del recurso no era apropiada y habría supuesto un choque de trenes inédito entre ambas instituciones. En este grupo de vocales están los cuatro que el pasado julio firmaron un voto particular contra la decisión de la Junta Electoral de declararse no competente para frenar los efectos de la ley de nietos. Sus argumentos acabaron, primero, en los escritos en los que Vox y el extraparlamentario Iustitia Europa llevaron el asunto al Supremo; y, después, en las propias resoluciones del Alto Tribunal. Los firmantes de ese voto particular son los catedráticos de Derecho Constitucional Carlos Vidal Prado y Javier Tajadura Tejada —elegidos a iniciativa del PP— y los magistrados del Supremo Vicente Magro y Fernando Marín, a los que este lunes se sumaron sus compañeros del Alto Tribunal Fernando Cerdá y Carmen Lamela y el presidente del órgano, el citado Eduardo Calvo, para evitar el recurso a una decisión que ha vuelto a tensar la situación entre el Gobierno y el Poder Judicial. De hecho, aunque en la Moncloa ponen el foco en la “salvajada” del Supremo, también critican la respuesta de la Junta Electoral. “Nos sorprende mucho que atienda esa decisión del Supremo, sinceramente”, apuntan desde el Ejecutivo, donde meten prisa al alto tribunal para que solvente la cuestión cuanto antes. “Esperábamos que la Junta Electoral cuestionara y reprobara la decisión del Supremo. Y en cualquier caso nos parece imprescindible que se resuelva cuanto antes, porque es muy grave restringir un derecho básico de la condición de ciudadanía como es el derecho al voto”, apuntan fuentes del Gobierno. Pese a acatar la medida cautelar, la Junta Electoral mantendrá su personación en el procedimiento para defender que no tiene competencias para fiscalizar la concesión de la nacionalidad ni la instrucción del Ministerio de Justicia que amplió la aplicación de la ley de nietos y que ahora cuestionan las derechas y el Supremo. “Cumplirse en sus términos” Según la decisión de los jueces de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, solo podrán seguir en el censo aquellos descendientes de españoles que acrediten tras otro largo proceso burocrático que son familiares de exiliados. Su pronunciamiento pone en el foco esa instrucción, de 2022, que presume que son exiliados “todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955”. Según los jueces, el “significativo” incremento del censo producido tras la “interpretación” contenida en esa instrucción “podría no ajustarse al contenido” de la propia ley de nietos. Y acordaron mantener la inscripción en el censo solo de quienes puedan acreditar con “prueba documental individualizada” de que sus ascendentes fueron perseguidos o exiliados “sin aplicar dicha presunción”. En una entrevista en Malas Lenguas de TVE, Sofía Puente, secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia y autora de esa instrucción, recordó que se viene aplicando “pacíficamente” desde 2008, también por gobiernos del PP, ya que es calcada a la que se aprobó aquel año para completar la ley de memoria histórica. La Junta Electoral también abordó en su reunión de este lunes como hacer frente al mandato del Supremo. Por ocho votos a cinco, el órgano decidió limitar su actuación a trasladar a los organismos implicados las directrices del Supremo, que deben “cumplirse en sus términos”. Esto es, trasladar a la Oficina del Censo Electoral los autos del tribunal para que se cumplan sus requerimientos, así como instar a la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares que ordene a los Registros Consulares el desglose entre los nacionalizados que han “demostrado” su condición de descendientes de exiliados y a los que se les aplicó la presunción de exilio de acuerdo a la citada instrucción. De hecho, las fuentes consultadas aseguran que se llegaron a eliminar algunos pasajes del borrador inicial elaborado por los letrados para que el acuerdo fuera lo más “escueto” y “apegado” posible al texto de los autos del Supremo. Cuatro de los vocales de orientación conservadora propusieron elaborar una especie de instrucción propia que ordenara notificar la decisión del Supremo individualmente a los afectados, pero la mayoría se mostró en desacuerdo. A su juicio, eso suponía “arreglar los desaguisados del Supremo”, que ha suspendido el derecho fundamental a voto de miles de personas sin darles la opción de presentar alegaciones.

elDiario.eselDiario.esElena Herrera, José Enrique Monrosi14 sept